Mi Arrepentimiento Hizo que me Despidieran

By Raul Rivera

El 14 de septiembre de 2013, cuando el pastor Anderson llegó a la iglesia para prepararse para el sermón del domingo, le entregaron una carta que indicaba que la iglesia lo despedía por desfalcar los fondos de esta. La carta estaba firmada por dos individuos que registrados como miembros de la junta directiva en el certificado de formación de la iglesia del 2010 con la Secretaría del Estado de Texas. El 19 de septiembre, cinco días después de recibir la carta de despido, el pastor Anderson demandó a ambos miembros de la junta directiva. Ahora, antes de hablar de los detalles del caso, es importante saber sobre los eventos que ocurrieron justo unos días antes de que el pastor Anderson recibiera la carta de despido. Antecedentes El martes de 10 de septiembre de 2013, el pastor Anderson llamó por teléfono a la mayoría de los miembros de la iglesia para convocar una reunión para esa misma noche. De los aproximadamente 16 miembros de la iglesia, 10 de ellos pudieron asistir a la reunión que convocó el pastor Anderson. En esa reunión, pidiendo perdón, el pastor Anderson confesó haber tomado dinero de la iglesia para pagar los gastos medicos de su madre. Una vez que él confesó, el pastor Anderson preguntó a los que asistieron si querían que él continuara siendo pastor o no. De los 10 miembros que asistieron, 8 miembros estuvieron de acuerdo en perdonar al pastor Anderson y seguir teniéndolo como su pastor. Aunque todo parecía estar bien en esos momentos, hubo un miembro que asistió que no estuvo de acuerdo con el resultado. Además de protestar que el pastor Anderson continuara como pastor, este miembro protestó el hecho de que los miembros de la iglesia, en conjunto, no habían recibido una notificación adecuada de la reunión. Finalmente, el pastor Anderson decidió que se debería llevar a cabo una segunda reunión la noche siguiente, ya que no todos pudieron asistir a la reunión inicial. En la reunión del miércoles en la noche, los miembros acordaron nuevamente que el pastor Anderson debía continuar siendo el pastor de la iglesia. En esos momentos, el pastor Anderson creyó que cualquier cuestión relacionada a su toma de dinero de manera inadecuada había sido solucionada por medio de las dos reuniones. Pero tres días después, cuando llegó a la iglesia, le dieron al pastor Anderson una carta de despido. El pastor demanda a dos miembros de la junta directiva El pastor Anderson demandó a los dos miembros de la junta directiva que firmaron sus nombres en la carta de despido, reclamando que ellos habían cambiado los candados de la iglesia y lo excluyeron a él ilícitamente de la iglesia. Además, el pastor Anderson reclamó que ninguno de los miembros de la comisión directiva tenía el poder de despedirlo porque:
  1. uno de los miembros de la junta directiva se había retirado anteriormente de la junta directiva, y al otro lo habían sacado de la junta directiva, y
  2. los estatutos de la iglesia no le otorgaban a los miembros de la comisión directiva la autoridad para despedir al ministro.
El pastor Anderson le solicitó a la corte una condena indicando que su despido fuera anulado y que él y los otros dos miembros de la iglesia constituirían la junta directiva. Además, el pastor Anderson obtuvo una orden de restricción temporal prohibiendo a los dos miembros de la junta directiva de excluir a Anderson del establecimiento de la iglesia o de interferir con su trabajo ministerial. Al día siguiente, los dos miembros de la junta directiva se dirigieron para disolver la orden de restricción temporal, citando la doctrina eclesiástica de abstención como base de su argumento que el tribunal de primera instancia no tenía jurisdicción para el tema de la disputa. La doctrina eclesiástica de abstención sostiene que las cortes civiles no deben involucrarse en casos de leyes de iglesia debido a la Primera Enmienda. El tribunal de primera instancia determinó que las dos reuniones que Anderson convocó no cumplían con los requisitos de notificación de los estatutos de la iglesia, y que se debía llevar a cabo una reunión especial que cumpliera con los estatutos de la iglesia para notificar. El pastor Anderson apeló. Qué dijo el Tribunal de Apelaciones En su decisión, el tribunal de apelaciones estatal notó que bajo la Primera Enmienda la doctrina eclesiástica de abstención les prohíbe a los tribunales civiles el “indagar casos que se enfocan en controversia teológica, disciplina de las iglesias, gobierno eclesiástico, o la conformidad de los miembros de una iglesia a los estándares morales requeridos por ellos". Además, el tribunal de apelaciones notó que los estatutos de la iglesia “contienen normas con respecto a la notificación requerida para las reuniones especiales de los miembros y directores, que requiere que se les dé una notificación con siete días de anticipo en un servicio de adoración regular de la congregación o impreso en el boletín de reuniones especiales de los miembros, y una notificación con tres días de anticipo dada personalmente o por teléfono para las reuniones especiales de los directores”. Recordemos que ni la primera ni la segunda reunión convocada inicialmente por el pastor Anderson cumplieron con los procedimientos de la notificación de la reunión como lo establecen los estatutos de la iglesia. El tribunal de apelaciones también notó que “ninguna disposición de los estatutos rige las bases o la manera en la que un ministro pueda ser despedido”. En su determinación, el tribunal de apelaciones concluyó que ya que los estatutos de la iglesia no contenían ninguna disposición acerca del despido de un ministro, ellos “no pueden simplemente interpretar los estatutos bajo los principios neutrales de la ley para resolver la disputa de las partes”. El tribunal de apelaciones concluyó también que “el tribunal de apelaciones no tenía jurisdicción sobre el tema de la disputa bajo la doctrina eclesiástica de abstención”. En casos de iglesias, los tribunales dependen de los principios neutrales de las leyes. Cuando se aplican los principios neutrales de las leyes, los tribunales deben considerar lo siguiente:
  1. No puede indagar en la doctrina de la iglesia.
  2. No puede tratar de solucionar ninguna cuestión doctrinal.
  3. No puede conceder autoridad eclesiástica.
Es por eso que es imperativo que los estatutos de su iglesia sean estructurados de tal manera que deje a los tribunales un poco de espacio para decidir en casos internos de la iglesia. Al final, el tribunal de apelaciones desestimó el caso por falta de autoridad para hacer un juicio formal que involucre dichos asuntos eclesiásticos bajo la doctrina eclesiástica de abstención. El pastor Anderson presentó una petición para volver a tener una audiencia, la cual fue denegada el 20 de noviembre de 2014. Qué puede aprender de este caso Hay mucho que podemos aprender de este caso. Sin embargo, para los fines de esta publicación, hay 3 lecciones importantes que los pastores pueden aprender:
  1. Esté familiarizado completamente con lo que dicen los estatutos de su iglesia.
  2. Sepa qué dicen los estatutos de su iglesia acerca del despido de los pastores.
  3. Sepa qué dicen los estatutos de su iglesia acerca de cómo llevar adecuadamente las reuniones de la junta directiva.
De la sentencia del tribunal de apelaciones en este caso, podemos concluir que debido a que la iglesia no abordó claramente el asunto de despedir al pastor, el tribunal no pudo abordar los asuntos presentados bajo los principios neutrales de la ley. Por lo tanto, la iglesia tuvo que tratar la disputa por cuenta propia. Además, solo podemos especular que si el pastor Anderson hubiera actuado de acuerdo a los estatutos de la iglesia con respecto a la notificación de la reunión, el pastor Anderson podría haber obtenido un resultado diferente. No solamente es imperativo que los estatutos de su iglesia estén estructurados de tal manera que le deje al tribunal un poco de espacio para decidir en los asuntos internos de la iglesia, sino que es necesario que usted cumpla completamente con lo que dicen los estatutos. Por casos como este, las iglesias que pasan por nuestro Programa StarRIGHT™ pueden incluir lenguaje estratégico en sus estatutos que aborden específicamente las cuestiones como las que se presentaron en este caso ante el tribunal. A continuación veamos estas implementaciones estratégicas. Aplicar lo que ha aprendido Aparte de la Palabra de Dios, se puede decir que sus estatutos son los documentos más importante dentro de su iglesia. Es por eso que enfatizamos la importancia de que entienda sus estatutos, e incluyendo el lenguaje estratégico que poseen dentro de ellos. A continuación hay 3 artículos estratégicos, relacionados con el caso de arriba, que usted puede considerar implementar dentro de los estatutos de su iglesia.
  1. Notificación de la reunión
Cada estado requiere que se dé una notificación de la reunión antes de una reunión oficial de la junta directiva. Aunque la notificación mínima varía de estado a estado, el mínimo más conservativo es a menudo de 10 días. Una notificación de la reunión se puede dar por escrito u oralmente. Sin embargo, sugerimos que usted dé su notificación de la reunión de una manera que sea rastreable. Una notificación que se da oralmente puede ser olvidada (o una persona puede negar haberla recibido), en cambio una notificación de la reunión que se da por escrito producirá una pista de papel que se podría usar en el futuro, si fuera necesario.
  1. Cancelación de la notificación
A veces, surgen ciertas situaciones que necesitan que se lleve a cabo una reunión de la junta directiva, pero usted no puede cumplir con la notificación para la reunión prescrita en sus estatutos. ¿Qué hace usted cuando debe llevarse a cabo una reunión de la junta directiva de emergencia? Bueno, una cancelación de la notificación permite que dichas reuniones se lleven a cabo; sin embargo, existen ciertos requisitos que deben satisfacerse para que la notificación sea aplicable.
    • Proporcione a los miembros de la junta directiva el aviso lo antes posible. Aunque usted no pueda dar una notificación completa, el poder dar una notificación lo antes posible puede hacer una gran diferencia para los miembros de su junta directiva.
    • Establezca un quórum. Cualquier reunión de la junta directiva de la corporación debe tener un quórum para poder realizar negocios o para poder votar sobre cualquier asunto. Un quórum es el número mínimo de miembros de la junta directiva que debe estar presente para realizar negocios de manera oficial. Si usted no puede satisfacer el quórum, no podrá votar ni realizar ningún negocio oficial.
    • Haga que los miembros de su junta directiva firmen una cancelación de la notificación. Si usted hace que los miembros de su junta directiva firmen una cancelación de la notificación, independientemente si asisten o no, solamente entonces la reunión de su junta directiva es legítima. Pero recuerde, la cancelación de la notificación es solamente buena si toda la junta directiva la firma, incluyendo los que no pudieron estar presentes.
Si se pueden cumplir con estos tres elementos, puede realizar una reunión oficial de la junta directiva, aplicando la cancelación de la notificación.
  1. Junta de Rendición de Cuentas
La junta the redención de cuentas es una junta directiva especial que el pastor crea nombrando a tres individuos que no sean ni miembros de la iglesia ni de la junta directiva. Los candidatos son generalmente ministros de otras iglesias/ministerios, o individuos que forman las juntas directivas de esos ministerios. La junta de rendición de cuentas no es como la junta directiva de la iglesia. Los miembros de la junta de rendición de cuentas no son parte de las actividades diarias de la iglesia. Ellos no votan en los asuntos de la iglesia. En cambio, ellos sirven para darle consuelo, asistencia, consejería, corrección, protección y disciplina al pastor. Los miembros de la junta de rendición de cuentas pueden prestar servicio al pastor en forma de llamadas telefónicas, visitas, tiempo para orar y más. Pero el servicio más valioso que pueden prestar al pastor y a la iglesia es su disponibilidad y participación si el pastor es alguna vez acusado de haber hecho algo mal. Con la implementación de una junta de rendición de cuentas, ni la junta directiva ni los miembros pueden disciplinar o sacar al pastor. En cambio, la junta directiva escucha las acusaciones en contra del pastor y luego vota sobre los méritos de las acusaciones para decidir si se lo reportarán a la junta de rendición de cuentas. Si los miembros de la junta directiva son unánimes en sus votos para reportar el pecado a la junta de rendición de cuentas, entonces la junta de rendición de cuentas lleva a cabo una sesión para evaluar todos los hechos y circunstancias y para decidir si las acusaciones son verdaderas y cuál disciplina es necesaria. Lo que hace que la junta de rendición de cuentas sea tan poderosa es que le quita al diablo su habilidad particular de dividir y conquistar. La junta de rendición de cuentas no tiene nada que ganar o perder excepto saber la verdad. Conclusión Lastimosamente, muy a menudo muchas iglesias se encuentran tratando de resolver las disputas internas, y terminan frecuentemente en el tribunal. En la mayoría de los casos, estas disputas internas pudieron haber sido evitadas si hubiera un entendimiento claro de los estatutos, y hubiesen sido cumplidos adecuadamente. Eso es simplemente el por qué tratamos de enfatizar la importancia del saber y entender qué es lo que está en los estatutos. En todas nuestras Conferencias tomamos el tiempo para hablar de varios componentes estratégicos que puede implementar en sus estatutos. Mientras nos alistamos para comenzar nuestro programa de conferencias del otoño, quiero alentarle a que asista a una en una ciudad cercana a usted. ¡Le prometo que no se arrepentirá!

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