El Pastor Paga por un Error de la Iglesia
By Raul Rivera
Hay una regulación dentro de las publicaciones que sitúa a los pastores, tesoreros y secretarios financieros de la iglesia en un riesgo de incurrir elevadas multas fiscales personales, conocidas comúnmente como “Recuperación de multas de los Fondos Fiduciarios”. Aunque existen varias publicaciones desde hace mucho tiempo, muchas iglesias no están conscientes de cuán severa es la multa y hasta que punto se puede caer en su trampa.
El IRS impone multas en contra de un ministro
Le sucedió a una pastora en Michigan. El 17 de octubre del 2011, un Tribunal de Bancarrota en los Estados Unidos le ordenó pagar $85,814.69 en impuestos, más multas e intereses, debido a que el tribunal estuvo de acuerdo con el IRS y la pastora fue calificada como la
parte responsable para los fines de la Recuperación de multas de los Fondos Fiduciarios.
La Sección 6672 establece, que cualquier persona requerida para cobrar, dar cuenta de manera confiable y pagar sobre cualquier impuesto. . . “O”. . . que deje de colectar dicho impuesto, o de dar cuentas y deje de pagar dicho impuesto, . . . deberá , además de otras multas contempladas por la ley, está sujeto a una multa equivalente a la cantidad total del impuesto evadido, o no cobrado, o no contabilizado y/o pagado completamente”.
Por otra parte, la normativa 5-14 del IRS establece que “la multa puede ser atribuida en contra de aquellos a quienes se les determine haber sido responsable y que intencionalmente fallaron pagar el impuesto.”
¿Cómo pasó?
Cuando un nuevo empleado fue contratado para hacerse cargo de la contabilidad, ella descubrió que el empleado anterior de la iglesia no estuvo reportando correctamente los impuestos laborales al IRS. Ella inmediatamente le informó al ministro sobre el problema. Quedo claro que este problema existía desde hace unos años atrás. Su ministerio hizo algunos esfuerzos para pagar los impuestos, más las multas e intereses.
Poco después de entrar en un plan de pago con el IRS, el ministerio sufrió algunas dificultades financieras, como a todos los ministerios les pasa de vez en cuando. Aún más, su marido se puso muy enfermo y esto le obligaba a enfocar una gran parte de su tiempo en el cuidado de él.
El ministerio no podía mantenerse al día con los pagos al IRS. Esto obligó al IRS a ponerse en contra de ella, utilizando el poder de la ley bajo la Sección 6672, y
declarar a la parte responsable. Como verá más adelante, una vez que el IRS le declara como parte responsable, la carga de la prueba recae en usted para que demuestre que usted no lo es.
Dos maneras comunes que las iglesias y los miembros de la junta directiva caen en una trampa
Según mi experiencia con miles de iglesias durante los últimos años, la manera más común que una iglesia cae en esta trampa es por no presentar adecuadamente el formulario 941 y por no pagar adecuadamente los impuestos de la nómina.
La segunda manera más común es la forma en la que tratan a los músicos, a los trabajadores que brindan cuidados y otras personas que realizan tareas pequeñas en la iglesia.
La gran mayoría de las iglesias tratan a estas personas como trabajadores por cuenta propia o bien les dan un formulario 1099-MISC, o no les dan nada en absoluto.
Este error se repetirá a lo largo de un período de tiempo. El IRS puede reclasificar a estos individuos muy fácilmente como empleados, cobrar los impuestos atrasados a la iglesia, y hacer que
la parte responsable sea sujeto a pagar por el impuesto. Muchas veces, la parte responsable termina siendo el Pastor y/o tesorero o secretario financiero.
¿Por qué el Pastor y el tesorero de la iglesia están en mayor riesgo?
En un caso judicial, Verret vs. EE.UU., 542 F.Supp.2d 526 (2008), la corte dictaminó que Stephen K. Verret era la persona responsable y se le ordenó pagar la multa de $408,918.66. La corte señalo los siguientes puntos que contribuyen a que uno sea una parte responsable:
- Alguien que es un funcionario o miembro de la Junta Directiva;
- Una persona que dirige las operaciones del día a día;
- Una persona que toma las decisiones en cuanto al desembolso de fondos y pago de los acreedores: y
- Una persona que posee la autoridad para firmar cheques.
El tribunal también señaló que uno podría ser considerado como
una parte responsable, incluso si él no tiene conocimiento de que tiene una obligación o autoridad para cobrar, enterar o pagar sobre la retención de impuestos de los empleados. Sólo tener un poder significativo para tomar decisiones sobre el desembolso de los fondos es suficiente para ser considerado responsable.
Carga de la prueba
Una vez que el IRS determina quién es la parte responsable, la carga de la prueba cae sobre el contribuyente para demostrar que él no es el responsable. En el caso de Verret, la corte citó a Barnett, 988 F.2d en 1453 indicando que “Una vez que el gobierno ofrece una declaración como evidencia, la carga de la prueba cae sobre el contribuyente para refutar su condición de persona responsable...”
Maneras de evitar las sanciones del artículo 6672
Existen varias maneras en las que una iglesia y los miembros de la junta directiva pueden evitar caer en este tipo de problemas de impuestos. Solo voy a mencionarlos brevemente porque los detalles de cada uno son conversaciones y enseñanzas separadas por completo.
1. Excluir a la iglesia: Estoy seguro de que usted ha escuchado acerca de los ministros que optan por excluirse de los impuestos del trabajo por cuenta propia. Pero, es posible que no haya oído hablar de una iglesia que opta por excluirse. Sin embargo,
la ley permite a una iglesia presentar el formulario 8274 y simplemente optar por no tener que ser responsable de la recaudación de impuestos sobre la nómina.
2. Clasificar correctamente a los trabajadores de la iglesia: Todo el personal, tales como músicos (incluso si se presentan solamente una vez a la semana el Domingo en la mañana), trabajadores de guarderías, predicadores, maestros, personal de limpieza, los voluntarios que recogen las ofrendas de amor de vez en cuando, secretarias de la iglesia, o ciertas personas que realizan trabajos para la iglesia, y en donde la iglesia les paga en base regular y por los que la iglesia tiene un tipo de control de dónde y cuando el trabajo será hecho; son empleados que legalmente deben tener los impuestos FICA y Medicare los que deben ser retenidos y pagados al IRS usando el sistema EFTPS.
3. Evitar el 28% y el 30% de multa: Muchas iglesias tienen predicadores invitados y lamentablemente, la mayoría de las iglesias no les dan el formulario W-9 si son ciudadanos estadounidenses, o un W-8 con el formulario 8233 si son extranjeros. La ley establece que cuando usted no cumple con hacer que ellos llenen el formulario y lo devuelvan antes que usted haga un pago por los servicios prestados;
a usted se le puede imponer una multa del 28% en el caso de ser un ciudadano estadounidense o una multa de 30% si son de nacionalidad extranjera. Ambos son evaluados con multas e intereses por falta de cumplimiento.
Crear un sistema para el éxito
Estos requisitos de la ley pueden percibirse como una carga. Estoy convencido de que si se toma un tiempo para trabajar
EN su ministerio y no sólo
EN el ministerio, usted puede crear una base estructural que le permita hacer todo lo que acabo de mencionar automáticamente. Dedique un día para comunicarse con nosotros y yo le aseguro que su ministerio nunca será el mismo!
¡Gracias por informarnos!