Corte Dictamina que la Iglesia Puede Ser Demandada por Acciones de Otros Grupos

By Raul Rivera

Cuando una iglesia decide ofrecer su espacio para un evento de un solo día organizado por un grupo externo, se deben tomar medidas cuidadosas para minimizar los riesgos legales en caso de un incidente. Es crucial redactar un Acuerdo Integral de Uso de Instalaciones; sin embargo, es igualmente crítico que la iglesia se adhiera estrictamente a cada cláusula dentro del acuerdo. La iglesia debe asegurarse de no apartarse de los términos acordados, especialmente en lo que respecta a la supervisión y control, para evitar cualquier responsabilidad potencial. A continuación, se presenta una historia basada en hechos de un caso judicial real que ilustra la mejor manera de permitir que un grupo externo use las instalaciones de su iglesia.

Su Historia

Un incidente en un evento patrocinado por un grupo externo se convirtió en el punto focal de una disputa legal. El Grupo Externo utilizó una iglesia para una celebración anual, y se acordó que la iglesia no supervisaría ni controlaría el evento. El evento habría transcurrido sin problemas, pero desafortunadamente, ocurrió un accidente.

Jane Doe, una asistente a la celebración, sufrió una lesión cuando tropezó con algunos muebles desmontados. Ella presentó una demanda contra el Grupo Externo y contra la Iglesia XYZ. La Iglesia sostiene que no le debía ningún deber a Jane Doe, porque:

  1. No organizó el evento.

  2. El grupo externo no estaba afiliado con la iglesia.

  3. Se permitió al grupo externo utilizar las instalaciones de la iglesia de forma gratuita como cortesía.

  4. El grupo externo era responsable de limpiar después de la celebración.

  5. La iglesia no retuvo el control sobre las instalaciones durante el evento.

Sin embargo, la presencia del conserje de la iglesia y voluntarios de la iglesia que estaban activamente involucrados en el evento contaron una historia diferente. Ayudaron a organizar y desmontar los muebles, acciones que sugerían supervisión e implicación contraria al argumento de la iglesia. El equipo legal de Jane Doe argumentó que esta contradicción entre el acuerdo y las acciones de la iglesia en el lugar significaba que la iglesia no se había desconectado completamente de los procedimientos del evento.

El tribunal encontró mérito en el argumento de Jane Doe. La contradicción entre la postura de no intervención de la iglesia en el acuerdo y su verdadera participación en el lugar llevó al tribunal a dictaminar que la Iglesia XYZ de hecho había ejercido un grado de control sobre el evento. Esto fue suficiente para que el tribunal dictaminara que Jane Doe podía demandar a la iglesia.

Al final, la intención de la iglesia de distanciarse de las responsabilidades del evento, como se describe en el contrato, fue socavada por sus acciones. El caso es un recordatorio convincente de que incluso el acuerdo más sólido no siempre puede proteger contra las responsabilidades si la aplicación práctica no se alinea con las palabras escritas en el acuerdo. La curva de aprendizaje de la Iglesia XYZ en esta disputa legal fue costosa.

Acuerdo de Uso de Instalaciones

A partir de este ejemplo, podemos aprender que permitir que un grupo externo use las instalaciones de la iglesia puede ser beneficioso para la iglesia si la iglesia firma un Acuerdo de Uso de Instalaciones que, como mínimo, contenga tres disposiciones, como se muestra a continuación.

  1. Asegúrese de firmar un Acuerdo de Uso de Instalaciones y no un arrendamiento. El acuerdo debe establecer que la iglesia otorga una licencia revocable y no exclusiva para usar la propiedad específica de la iglesia.

  2. El acuerdo debe tener una cláusula de Exoneración de Responsabilidad e Indemnización.

  3. El grupo externo debe reconocer que la Iglesia no proporciona supervisión ni control sobre la propiedad durante su uso por parte del Licenciatario.

Si está buscando crear un acuerdo seguro y claro para el uso de las instalaciones de la iglesia, estoy incluyendo un modelo gratuito de Acuerdo de Uso de Instalaciones. Aunque es básico en su naturaleza, incluye los puntos esenciales que hemos cubierto y varios más; simplemente haga clic aquí.

Conclusión

La experiencia de la Iglesia XYZ es un recordatorio para todas las iglesias que prestan sus espacios. La efectividad real de cualquier Acuerdo de Uso de Instalaciones está en su aplicación real y no solo en su redacción cuidadosa. Esta situación demostró que incluso con un acuerdo claro, las discrepancias entre los términos acordados y las prácticas reales aún pueden llevar a desafíos legales. Por lo tanto, es importante para las iglesias abstenerse de participar durante eventos de terceros según lo estipulado en los términos del acuerdo, lo que puede reducir efectivamente el riesgo de litigios derivados de accidentes en su propiedad. Si desea conocer mas, no dude en contactarnos al 678-830-2600.

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  1. St. Casimir Church v. Frankiewicz, 563 N.E.2d 1331, 1333 (Ind. Ct. App. 1990)

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