5 Mitos Comunes Sobre los Impuestos de los Ministros

By Valerie West

Pastor, ¿Está listo para la temporada de impuestos? ¿Qué pasaría si tuviera más control sobre sus impuestos de lo que cree? ¡Nos alegra decirle que si lo tiene! Y podría significar la diferencia entre deber impuestos o recibir un reembolso.

Como estoy segura de que sabe, muchos factores influyen en si obtiene un reembolso de impuestos o debe impuestos, y la verdad es que muchos ministros e incluso los profesionales de impuestos no entienden completamente el estatus fiscal único de los ministros. A menudo, esto puede costarle erróneamente al ministro.

Por ejemplo, una vez un ministro vino con nuestro equipo y nos pidió que revisáramos su declaración de impuestos que había completado antes de enviarla al IRS.

Debido a que nuestro equipo de impuestos se especializa en los impuestos de los ministros, descubrimos $1,200 adicionales en su reembolso de impuestos de las deducciones que aún no había hecho.

Si no nos hubiera pedido que revisáramos su declaración de impuestos, se habría perdido $1,200 adicionales. Esa es una ganancia bastante sustancial.

Por nuestra experiencia en ayudar a los ministros con sus declaraciones de impuestos, descubrimos que los ministros que terminan adeudando impuestos generalmente lo hacen debido a información incorrecta recibida de otro ministro y, en algunos casos, de un profesional de impuestos.

A menudo, la información incorrecta se puede atribuir a los "mitos" que rodean los impuestos de los ministros.

Dicho esto, veamos cinco mitos comunes en torno a los impuestos de los ministros que le ayudarán a tomar decisiones sabias y bien informadas sobre sus impuestos.

Mito 1: "Los ministros no tienen que pagar impuestos sobre la renta".

Los ministros están exentos de la retención del impuesto sobre la renta. . . no de tener que pagar impuestos sobre la renta. Hay una gran diferencia.

Muchos ministros malinterpretan el hecho de que sus salarios como ministros no están sujetos a retención de impuestos sobre la renta.

Esto lleva a la falsa suposición de que no tienen que pagar impuestos sobre la renta. No es hasta que es demasiado tarde y costoso que se dan cuenta de la gravedad de su error.

Dado que los ministros tienen un estatus fiscal dual, los ministros son responsables de retener y pagar sus propios impuestos. Como ministro, puede pagar sus impuestos en cuotas trimestrales utilizando el Formulario 1040-ES, Impuesto Estimado para Individuos.

¿Sabía que si desea que su iglesia retenga y pague sus impuestos sobre la renta como un empleado no ministerial, puede hacerlo, pero debe celebrar un acuerdo voluntario de retención con la iglesia? Si aún no lo ha hecho y desea obtener más información, háganoslo saber llamando al 877-494-4655. Nos complacerá guiarle a través de ese proceso.

Mito 2: "Las ofrendas de amor no son ingresos imponibles".

La confusión que rodea a las ofrendas de amor se debe principalmente a que el término ofrenda de amor implica un regalo que se da por amor y respeto por el destinatario.

¡En la mente del donante, puede ser un regalo, mientras que en la mente del IRS es una compensación!

Aquí radica el conflicto. La Sección 102(a) del Código del IRS dice: "El ingreso bruto no incluye el valor de la propiedad adquirida por donación, regalo, legado o herencia".

Si bien los miembros de la iglesia realmente están dando una ofrenda de amor como regalo, el IRS dice que es un ingreso sujeto a impuestos porque la sección 102(c)(1) dice que "cualquier cantidad transferida por o para un empleador a, o para el beneficio de , un empleado" se tratará como ingreso bruto.

Si bien la ley dice claramente que un obsequio está libre de impuestos, el hecho de que el obsequio se entregue a la iglesia y luego al pastor o líder lo hace 100% sujeto a impuestos debido a la sección 102(c)(1).

La ley hace una excepción para un regalo dado por la iglesia al Pastor si es menos de $25.00.

Mito 3: "Si no tengo las cifras exactas de mis deducciones, entonces puedo redondearlas o hacer una estimación de fe”.

Las deducciones no deben ser en números redondos. Insertar números redondos en una declaración le dice al IRS que es probable que los esté inventando y puede aumentar sus posibilidades de ser auditado. Haga todo lo posible para mantener los recibos organizados y de fácil acceso.

Le recomendamos leer: "3 Enormes Beneficios Fiscales para los Ministros"

Mito 4: "Si debo impuestos y solicito una extensión de la fecha límite, entonces no tendré que pagar los impuestos que debo hasta que venza la fecha”.

La verdad es que todo el dinero adeudado al IRS vence a la fecha límite anual de impuestos.

La fecha límite de presentación para el año fiscal 2021 es el 18 de Abril de 2022.

Si adeuda impuestos y no cumple con la fecha límite del 18 de Abril, será penalizado por cada mes que se atrase (incluso si ha presentado una prórroga utilizando el Formulario 4868).

En general, si presenta una extensión de la fecha límite de impuestos utilizando el Formulario 4868 y cree que puede terminar debiendo dinero por sus impuestos, es mejor pagarle al IRS una cantidad estimada antes del 18 de abril que retrasarse y deber más debido a las multas.

Si paga de más, el IRS le reembolsará la cantidad que pagó de más.

Mito 5: "Cualquier Contador o CPA es un buen CPA para los ministros".

Si bien hay muchos CPA informados y bien intencionados, no todos están familiarizados con las diversas especificaciones de impuestos para los ministros.

Un CPA que trabaje en impuestos para ministros debe estar bien versado en el tema y estar familiarizado con la ley fiscal sobre organizaciones sin fines de lucro porque muchos de los beneficios fiscales otorgados a un ministro están directamente vinculados a la ordenación de un ministro.

Por ejemplo, la Publicación 517 del IRS explica varias reglas con respecto al estado fiscal de los ministros, y dentro de esta publicación, define a un ministro como:

"[Individuos que están debidamente ordenados, comisionados o autorizados por un cuerpo religioso que constituye una iglesia o denominación de iglesia. Los ministros tienen la autoridad para llevar a cabo el culto religioso, realizar funciones sacerdotales y administrar ordenanzas o sacramentos de acuerdo con los principios y prácticas prescritos de esa iglesia o denominación". [énfasis añadido]

Con esta definición en mente, su CPA elegido debe tener un conocimiento práctico de la ley fiscal para organizaciones sin fines de lucro y cómo se relaciona específicamente con usted como ministro.

Lectura recomendada: ¿Es su Ordenación Realmente legal?

Pastor, es imperativo que utilice un preparador de impuestos que tenga experiencia en completar las declaraciones de impuestos de los ministros.

¿No le gustaría saber que está aprovechando todos los beneficios fiscales disponibles para usted como ministro? Puede, con confianza, confiar en que nuestro equipo está aquí para ayudarle a navegar esta temporada de impuestos con facilidad. Puede llamarnos al 877-494-4655 y con gusto le serviremos.

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