Ministro Multado con Penalidad Tributaria del 200%

By Raul Rivera

La siguiente historia está basada en hechos de un proceso legal reciente. En interés de confidencialidad y adaptación creativa, los nombres de las entidades y personas involucradas han sido alterados, dada la actualidad del caso.

El reverendo Miguel Torres y su esposa, Ana Torres, encarnaban la dedicación hacia los más necesitados. En 1998, el Rev. Torres fundó la Clínica de Salud Beacon como refugio para aquellos con necesidades médicas. Pronto solicitaron y obtuvieron el estatus 501(c)(3).

Con el tiempo, Ana Torres asumió varios roles, desde miembro del consejo hasta supervisora financiera, manteniendo una presencia devota en cada reunión del consejo. Sin embargo, para 2014, durante una auditoría del IRS, las cuentas de la iglesia mostraron una disparidad. A pesar de la ausencia de contratos formales, la pareja recibió compensaciones no documentadas en los registros formales de la iglesia, un detalle que pasó desapercibido hasta que una auditoría del IRS lo descubrió.

El IRS descubrió un patrón de pagos de compensación a Ana Torres: cheques quincenales por un total de $27,000 y montos mensuales por un total de $88,000. Si bien los montos podrían haber sido justificables como compensación razonable, la falta de documentación específica indicaba lo contrario según la ley. Esta falta de documentación y reporte puso en primer plano la sección 4958, identificando estos pagos como beneficios excesivos, una infracción grave para organizaciones exentas de impuestos. Al menos cinco medidas podrían haber evitado las fuertes multas impuestas, las cuales detallaré más adelante.

  1. Ella no recibió un formulario W-2 de la iglesia.

  2. No se le emitió un Formulario 1099-NEC.

  3. No reportó los ingresos en su Formulario 1040.

  4. No hubo actas que indicaran que el consejo aprobó la compensación.

  5. Carecía de un acuerdo de compensación por escrito.

La Clínica de Salud Beacon enfrentó la ira de las sanciones de la Sección 4958, impuestas fuertemente sobre Ana Torres. Ella incurrió en una multa de primer nivel del 25% sobre el beneficio excesivo, ascendiendo a $32,500, y un aplastante impuesto de segundo nivel del 200%, totalizando $260,000, una suma diseñada para ser punitiva si no se tomaban medidas correctivas de inmediato.

La imposición adicional de impuestos por parte del IRS bajo las secciones 6651(a)(1) y (2) por no presentar el Formulario 4720, ascendiendo a $7,313 y $5,525 respectivamente, pintaba un sombrío panorama para el futuro. La antigua clínica próspera había sido drenada, no por malicia, sino por falta de conocimiento sobre lo que debía hacerse.

La revocación decisiva del estatus de exención de impuestos de la clínica marcó el golpe final a su legado. La importancia del cumplimiento meticuloso y las severas implicaciones de ignorar la Sección 4958 son lecciones aprendidas demasiado tarde para la Clínica de Salud Beacon.

Otro ejemplo es el uso inadecuado de la propiedad de la iglesia

Mantendré este ejemplo breve. En la Iglesia Evangélica Faro de Luz, al Pastor Thompson se le proporcionó un vehículo de la iglesia para apoyar sus deberes pastorales, incluyendo visitas domiciliarias y alcance comunitario. Desafortunadamente, la iglesia no implementó una política para monitorear el uso personal versus comercial del vehículo. Como resultado, el uso personal del vehículo por parte del Pastor Thompson permaneció sin registrar y sin reportar como un beneficio imponible, un problema que surgió durante una auditoría del IRS. Esta omisión llevó a clasificarlo como una transacción de beneficio excesivo, imponiendo cargas financieras en forma de impuestos y multas tanto al Pastor Thompson como a los miembros del consejo de la iglesia. Este caso subraya la importancia de mantener políticas estrictas y registros meticulosos para el uso de la propiedad de la iglesia para prevenir violaciones fiscales no deseadas y responsabilidades financieras.

Los pastores deben mantener un detallado registro de millaje para cumplir con las regulaciones del IRS y garantizar un registro preciso de los millajes comerciales. Este registro debe documentar la fecha, el propósito, el punto de partida, el destino y el total de millas conducidas de cada viaje, calculado utilizando la tarifa de millaje estándar actual del IRS de $0.67 por milla para la primera mitad de 2024.

El cumplimiento total también requiere el seguimiento de las millas personales. Cualquier uso del vehículo que no esté directamente relacionado con las actividades de la iglesia, como mandados personales o viajes familiares, debe estar claramente documentado y declarado como un beneficio adicional. Estas millas personales se reportan entonces como un beneficio imponible en la línea 12 del formulario W-2. Por ejemplo, si el Pastor Thompson conduce el vehículo de la iglesia durante 300 millas personales, la iglesia es responsable de reportar un beneficio imponible adicional de $201 (300 millas * $0.67 por milla) en su formulario W-2. Adherirse a estas prácticas permite a los pastores separar de manera transparente el servicio relacionado con la iglesia del uso personal, garantizando así el cumplimiento de las leyes fiscales y evitando las severas consecuencias de la Sección 4958.

Un último ejemplo: El IRS bendice un bono inicial de $200,000.00 a un pastor

En Lonestar, Texas, la Iglesia Shepherd's Bounty cuenta con una congregación diversa de 400 personas, incluyendo niños. Renombrada por sus muchos miembros con alto poder adquisitivo, la iglesia buscaba un pastor cuya visión y fervor coincidieran con los suyos. Su búsqueda los llevó al Pastor David Martínez, un líder carismático con un historial notable y una alta demanda por sus servicios pastorales.

Reconociendo su valor y potencial impacto, el consejo de la iglesia presentó una generosa oferta. Propusieron un salario anual de $350,000 para el Pastor Martínez, mejorado por un atractivo paquete de seguros y beneficios de jubilación. Además, ofrecieron un bono inicial de $200,000 y un automóvil nuevo valorado en $100,000. Así, su remuneración total del primer año ascendió a $550,000 en efectivo, sin incluir el valor del paquete de beneficios o el vehículo.

Una oferta así podría típicamente provocar escrutinio por parte del IRS, dadas las estrictas regulaciones sobre compensación dentro de organizaciones exentas de impuestos. Sin embargo, como el Pastor Martínez negoció su contrato antes de convertirse en un "insider" y "individuo descalificado", las reglas de la Sección 4958 sobre beneficios excesivos no aplicaban, brindándole un período de gracia el primer año.

Al entrar en su segundo año, el consejo de la iglesia validó su salario como razonable, dados los sustanciales recursos financieros de la iglesia. Se emitió correctamente un formulario W-2 para reflejar su compensación y beneficios. La historia del Pastor Martínez con la Iglesia Shepherd's Bounty destaca el papel crítico de la gobernanza informada, la negociación astuta y el cumplimiento de las regulaciones del IRS para garantizar una compensación equitativa y legal en iglesias y ministerios.

¿Cómo debería pagarse a un pastor?

Estos escenarios anteriores demuestran que el IRS no está únicamente preocupado por la compensación excesiva para los pastores; más bien, busca garantizar que toda la compensación esté correctamente documentada como se articula en la Sección 4958 del código fiscal. Un aspecto significativo de su revisión se centra en la adecuación de la documentación. Vi un caso en el que a un pastor en Nueva York que ganaba $20,000 al año se le consideró una transacción de beneficio excesivo porque no estaba adecuadamente documentado. Como se mencionó anteriormente, existen al menos cinco formas de evitar las multas asociadas con la sección 4958. Argumentablemente, el método más efectivo es establecer un acuerdo de compensación auto-renovable. Dicho acuerdo continúa año tras año sin requerir la reautorización anual del consejo. Es importante tener en cuenta que este enfoque se aplica tanto a pastores de tiempo completo como parcial, garantizando que el cumplimiento se mantenga en todos los niveles.

Conclusión

Me gustaría que considere un enfoque práctico para la compensación y el cumplimiento. Si anticipa recibir alguna forma de compensación de su iglesia o ministerio en el próximo año, este es el mejor momento para establecer un acuerdo de compensación. La preparación proactiva permite contemplar minuciosamente las diversas opciones disponibles para ministros o personal de la iglesia. Abordar estos asuntos ahora, en lugar de posponerlos hasta que surja la necesidad, le brinda tiempo suficiente para considerar diferentes escenarios, buscar orientación y aclarar cualquier incertidumbre. Esta estrategia de pensamiento a futuro garantiza que cuando llegue el momento de activar su acuerdo de compensación, esté completamente preparado e informado, habiendo sentado una base sólida para el cumplimiento y la tranquilidad.

En StartCHURCH, nuestros especialistas guían a pastores y líderes en la creación de acuerdos de compensación. Nuestro Servicio de Acuerdo de Compensación le muestra múltiples escenarios para que pueda elegir las opciones que funcionen mejor para usted y su iglesia. Llámenos al 678-830-2600 y permítanos servirle hoy.

  1. Ononuju v. Comm'r, T.C. Memo. 2021-94, 7 (U.S.T.C. Jul. 26, 2021)

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