Subsidio de vivienda sobrevive desafío legal

By Raul Rivera

El Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito revirtió la decisión de un tribunal federal de distrito que dictaminó que el subsidio de vivienda era inconstitucional.

Para darle una rápida recapitulación de nuestro blog anterior sobre este caso, la Fundación Para la Libertad de Religión presentó una demanda alegando que "las exenciones federales de impuestos a la renta recibidas por ‘ministros del evangelio' ... violan la Cláusula de Establecimiento de la Primera Enmienda ". La jueza Barbara Crabb del Tribunal del Distrito Oeste de Wisconsin emitió un fallo declarando que el subsidio de vivienda era inconstitucional "porque la exención proporciona un beneficio a las personas religiosas y a nadie más ..."

Dado que el subsidio de vivienda es un estatuto federal, el gobierno federal solicitó al tribunal que desestime la demanda sobre la base de que los demandantes carecían de "legitimación" para continuar su reclamo ante un tribunal federal.

La Desición de la corte

En el fallo inicial, el juez Crabb declaró que los demandantes tenían legitimación para demandar porque estaba claro por "la apariencia del estatuto que los demandantes están excluidos de una exención". Ahora, para que comprendamos mejor el fallo actual del tribunal, es importante entender a qué se refiere el término "legitimación" en un contexto legal.

Las acciones legales no pueden llevarse a cabo simplemente porque un individuo o grupo está disgustado o descontento con una ley particular o acción gubernamental. En otras palabras, los demandantes tienen que demostrar que sufrieron alguna lesión directa como resultado de una ley particular.

En la demanda inicial, los demandantes alegaron que tenían legitimación basada en el argumento de que (como ateos) se les habría negado la exclusión de la asignación de vivienda si hubieran tratado de utilizarla en sus declaraciones de impuestos. Sin embargo, el tribunal federal de apelaciones concluyó que "solo se puede considerar que una persona a la que se le ha denegado dicho beneficio ha sufrido una lesión reconocible".

A los demandantes aquí nunca se les ha negado la exención del subsidio de vivienda (o designación de vivienda) porque nunca la han solicitado; por lo tanto, no han sufrido ninguna lesión ". Por lo tanto, el tribunal federal desestimó la decisión inicial que consideraba inconstitucional el subsidio de vivienda de los ministros.

Que apredimos de esta dicisión

Si bien actualmente podemos celebrar y alegrarnos por la decisión más reciente de la corte con respecto al subsidio de vivienda, es seguro decir que la Fundación para la Libertad de Religión no retrocederá en el corto plazo. Lo que hemos visto de esta decisión reciente es que la posición inicial de los demandantes fue anulada porque nunca habían intentado reclamar un subsidio de vivienda en su declaración de impuestos.

Simplemente especulando que se les habría negado no es suficiente para respaldar su reclamo permanente. Ahora, el dictamen alega que si los demandantes en realidad presentaron sus declaraciones de impuestos alegando subsidios de vivienda que luego fueron denegados o rechazados por una auditoría del IRS, entonces los demandantes pudieron haber estado legitimados.

Que se espera el seguir adelante

Dado que la legalidad del subsidio de vivienda sigue siendo válida por ahora, es seguro para las iglesias avanzar designando subsidios de vivienda para sus ministros. Si su iglesia no ha designado adecuadamente un subsidio de vivienda para el pastor(es) para el 2019, es importante hacerlo tan pronto como sea posible. Esto se debe a que el subsidio de vivienda solo opera prospectivamente y no retroactivamente.

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Entonces, como ejemplo, si su junta directiva todavía no ha designado una asignación de vivienda para el pastor este año, no podrá incluir el mes de enero o los meses no incluidos. Solo podrá incluir los meses restantes del año.

Como se dijo anteriormente, creemos que la lucha por la legalidad del subsidio de vivienda no ha terminado.

La Fundación para la Libertad de Religión seguirá intentándolo. Predigo que si la batalla por el subsidio de vivienda termina en el Tribunal Supremo, la probabilidad de que el tribunal la decida como un beneficio inconstitucional para los ministros es muy baja. Sospecho que esto debido a un fallo anterior de la corte en la ORGANIZACIÓN DE LA ESCUELA CRISTIANA DE ARIZONA v. WINN et al. En este caso, el tribunal dictaminó que "cuando el gobierno se niega a imponer un impuesto, en contraste, no existe tal conexión entre el contribuyente disidente y el supuesto establecimiento. Cualquier daño financiero sigue siendo especulativo".

Conclusion

En StartCHURCH comprendemos completamente los impuestos de los ministros y la importancia de la exención de subsidio de vivienda tanto para usted como para su ministerio. Manténgase en sintonía con el Asesor de StartCHURCH para obtener actualizaciones sobre este tema a medida que avanza a través del sistema legal. También quiero invitarle a una de nuestras próximas Conferencias de Estructura Primordial para Iglesia, donde le enseñaremos estratégicamente cómo usar el subsidio de vivienda para lograr el mayor ahorro de impuestos posible.

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