Preparación del Domingo de Agradecimiento al Pastor

By Kristen Alexander

Los pastores son un regalo para la iglesia. Estos líderes impulsan a su congregación hacia las metas de difundir el evangelio y llevar la salvación a los necesitados. Invierten sus vidas en ayudar a su comunidad a crecer y prosperar espiritualmente. Sus logros y compromiso son algo que muchos desean honrar, ¡y es por eso que cada año se dedica un día especial para celebrarlos!

El segundo domingo de octubre se considera el Día de Apreciación al Pastor, y todo el mes de octubre es el Mes de Apreciación al Pastor. Muchas iglesias y ministerios usan este tiempo para celebrar y animar a aquellos que Dios ha llamado a liderar dándoles un regalo. Los tipos de obsequios que se dan van desde canastas de regalo y tarjetas de regalo hasta una escapada de vacaciones o, en algunos casos, ¡incluso un automóvil!

¿Qué tipo de obsequios le puede dar a su pastor para mostrar su agradecimiento sin causar dolor de cabeza cuando presente sus impuestos? Para que el obsequio no esté sujeto a impuestos, debe comprender las reglas del IRS sobre los obsequios dados por su iglesia.

¿Qué Dice el IRS Sobre los Obsequios?

La sección 61 del Código de Rentas Internas (IRC) dice que todos los ingresos de cualquier fuente derivada están sujetos a impuestos a menos que el código tributario haga una excepción. La ley establece una disposición en la sección 102 (a) del IRC que establece que los obsequios no tienen que ser reportados al IRS. Sin embargo, la sección 102 (c) del IRC especifica que un obsequio otorgado por el empleador (iglesia) no puede considerarse un obsequio, ya que se realizó en consideración a los servicios prestados.

Según este estándar, todo lo que le dé a su pastor como regalo se consideraría ingreso tributable para ellos, ¿verdad? Bueno no exactamente. Hay algunas reglas a considerar.

Las Reglas de los Regalos

¡Reglas para los regalos! Bueno, también tienen reglas reales. Hay leyes específicas a considerar al darle algún obsequio a su pastor, principalmente si el regalo está sujeto a impuestos o no. Esas reglas se enumeran a continuación.

1. Los regalos en efectivo, certificados de regalo o tarjetas de regalo siempre están sujetos a impuestos

La Regulación del Tesoro 1.132-6 (c) aclara que el efectivo, o equivalentes de efectivo, están sujetos al impuesto sobre la renta federal y al impuesto al seguro social.

Entre los ejemplos de obsequios que se consideran efectivo o equivalentes de efectivo se incluyen los siguientes:

  • En efectivo o en cheque (de cada monto)
  • Una tarjeta de regalo (de cada monto)
  • Certificados de regalo canjeables (de cualquier tipo)

2. Algunos obsequios tangibles deben declararse como beneficios complementarios sujetos a impuestos

Los obsequios físicos como teléfonos celulares, computadoras y otros artículos aún están sujetos a impuestos. Si bien no son en efectivo, este tipo de obsequios se consideran beneficios complementarios y están sujetos a impuestos.

Para obtener una guía completa sobre lo que califica como un beneficio adicional, considere la Publicación 15 (b), que explica explícitamente la presentación y el informe de los beneficios complementarios. Lo principal que debe recordar acerca de los beneficios complementarios es que el artículo está sujeto a impuestos en función de su valor.

Incluso si la donación no está sujeta a impuestos, la iglesia debe catalogar los gastos de los artículos dentro de sus registros contables.

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3. Los beneficios complementarios "de minimis" no tienen que declararse como beneficios complementarios sujetos a impuestos

Quizás el beneficio adicional no tributable más común se conoce cómo beneficio adicional "de minimis". En esencia, el término de minimis significa mínimo.

Entonces, si el obsequio que le da a su pastor tiene un valor tan mínimo que no sería razonable o administrativamente impracticable contabilizarlo, su pastor no tendrá que incluir el valor del obsequio como ingreso imponible.

Estos obsequios pueden incluir lo siguiente:

  • Cartas escritas a mano de miembros de la congregación expresando su gratitud
  • Una canasta de regalo que contiene algunas de las cosas favoritas que le gustan a su pastor, como dulces, café, bolígrafos favoritos, etc.
  • Una presentación en video del año pasado de la iglesia. Esto también podría incluir agradecimientos grabados de la congregación al pastor.
  • Es posible que estos regalos no sean tan extravagantes como unas vacaciones pagadas o un automóvil, pero son sinceros y serán igualmente significativos para su pastor.

Si tiene más preguntas, ¡el equipo de StartCHURCH está aquí para ayudarle! Llámenos hoy al 877-494-4655 para asegurarse de que tiene toda la información que necesita para cumplir con el cumplimiento legal.

Otro Tipo de Regalo para su Pastor

Existe otro tipo de beneficio complementario no tributable del que quizás haya oído hablar: un beneficio complementario por condiciones de trabajo. Sin embargo, para que un beneficio se considere un beneficio complementario por condiciones de trabajo que está excluido de los impuestos, el beneficio debe estar relacionado con el trabajo del pastor.

Por ejemplo, si el pastor tiene que pagar el estacionamiento cuando viaja para la iglesia, ese sería un beneficio adicional de trabajo que la iglesia puede pagar y no estará sujeto a impuestos para el pastor.

Además, ¿sabía que las tarifas de inscripción para el liderazgo de la iglesia y las conferencias pastorales pagadas por la iglesia para el pastor se consideran un beneficio adicional de condiciones de trabajo? ¿Qué podría ser mejor que enviar a su pastor a una iglesia o conferencia de liderazgo increíble? ¡Esta es otra excelente idea para un regalo a considerar para el Domingo de Agradecimiento al Pastor!

Las Excepciones a las Reglas

Hay algunas excepciones a las reglas enumeradas anteriormente. El Código de Rentas Internas establece que la iglesia puede dar un obsequio a un empleado, incluido el pastor, siempre que cumpla con los requisitos de un premio por logros de empleado calificado descrito en las secciones 74 y 274 (j) (B).

La iglesia puede darle al empleado un regalo tangible siempre que cumpla con los siguientes criterios:

  • El "programa de premios" se pone por escrito y los premios se otorgan en condiciones y circunstancias que no crean una probabilidad significativa de que se disfrace de compensación.
  • El premio es propiedad tangible. ¿Qué es exactamente la propiedad tangible? Artículos como computadoras portátiles, tabletas y otros dispositivos, y sillas y escritorios de oficina son propiedad tangible que se puede recompensar al pastor. No puede incluir viajes, vacaciones, comidas, alojamiento, entradas al teatro o eventos deportivos, acciones, bonos, etc.
  • El premio es por la duración del servicio y se otorga como parte de una presentación o ceremonia significativa una vez cada cinco años, comenzando al final de su quinto año de servicio.
  • El premio no puede superar los $1,600.00 en valor siempre que el promedio de todos los premios a todos los empleados sea de $ 400.00 o menos.

Dando el Siguiente Paso

Con el Día de Agradecimiento al Pastor acercándose rápidamente, el 11 de Octubre, espero que esta información le haya brindado un excelente lugar para comenzar a decidir sobre un regalo especial para los líderes de su iglesia o ministerio.

Navegar y asegurarse de que su iglesia se mantenga al día con los diferentes requisitos contables puede parecer abrumador cuando se trata de regalos y responsabilidades financieras. ¡Es por eso que el equipo de StartCHURCH está aquí para hacer que su proceso sea sencillo y fluido!

Si necesita un equipo que lo ayude con las responsabilidades de la contabilidad de su iglesia, le recomendamos que utilice nuestro Servicio de Contabilidad. Diseñamos nuestro servicio de contabilidad para satisfacer las necesidades específicas de pastores y líderes de iglesias como usted. Además, nuestros contables tienen una mentalidad ministerial y le brindarán el cuidado especial que necesita para garantizar que las decisiones financieras de su iglesia cumplan con la ley.

Si su iglesia o ministerio necesita ayuda con respecto al cumplimiento, o si tiene preguntas relacionadas con impuestos y contabilidad, hable con un especialista llamando al 877-494-4655 o haga clic en el botón a continuación para programar una llamada.

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