Los Tribunales Dictaminan que la Constitución No Protege a las Iglesias

By Raul Rivera

El Pastor Dixon del Templo Bautista de Indianápolis (IBT) decidió que su iglesia sería una Iglesia Libre o una Iglesia del Nuevo Testamento. Esta decisión se basó en la creencia de que la soberanía exclusiva de Jesucristo sobre la iglesia exigía su desvinculación de la autoridad del gobierno secular, y él creía que esto proporcionaba a la iglesia protección constitucional contra cualquier regulación gubernamental.

Así que, durante años, la iglesia existió como una iglesia no incorporada, rechazando el estatus 501(c)(3). Además, como muchos otros, el IBT presumía que la Sección 508(c)(1)(A) del Código de Rentas Internas proporciona a las iglesias inmunidad fiscal. Nada podría estar más lejos de la verdad. El 14 de agosto de 2000, después de tres años de litigio, la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos, Séptimo Circuito, dictaminó que la postura de la iglesia era incorrecta y ordenó a la iglesia pagar más de tres millones y medio de dólares al IRS. 

¿Qué Sucedió Realmente?

Después de años de idas y venidas y numerosos esfuerzos del IRS para que la iglesia cumpliera con los impuestos, el IBT se negó a cooperar. En un último intento, el IRS preparó todas las declaraciones trimestrales de impuestos de la iglesia para ver si el IBT respondería, pero la iglesia no lo hizo. Finalmente, el IRS calculó una evaluación de impuestos, intereses y recargos que totalizaban $3,498,355.62 y envió un aviso y demanda de pago. Cuando los impuestos quedaron impagos, el IRS presentó una demanda contra la iglesia.

En la corte de apelaciones, U.S. v. Indianapolis Baptist Temple, 224 F.3d 627 (7th Cir. 2000), el IBT argumentó que "tanto las Cláusulas de Ejercicio Libre como las de Establecimiento de la Primera Enmienda, así como los principios generales de libertad religiosa incorporados en la Primera Enmienda, lo protegen de tener que pagar impuestos". La iglesia sostuvo además que "las leyes federales de impuestos sobre el empleo, tal como se aplican a ella, violan la Cláusula de Ejercicio Libre de la Primera Enmienda al exigir que la iglesia actúe de manera incompatible con sus creencias".

¿Puede una Iglesia Estar Fuera del Alcance de la Ley?

IBT permaneció firme en su posición de que las iglesias, cuando se establecen como IBT, son inmunes a cualquier ley, regla o regulación gubernamental. Presentó tres argumentos principales que fueron rechazados por el tribunal y confirmados por otros fallos subsiguientes. Los argumentos son los siguientes:

  1. Es una iglesia del Nuevo Testamento: IBT argumentó que las leyes fiscales solo se aplican a una iglesia si está incorporada y/o tiene el estatus 501(c)(3) porque es una "entidad legal reconocida por el estado". Mientras que IBT no está incorporada y es una "Iglesia del Nuevo Testamento", su idea era que si una iglesia no está incorporada o no tiene el estatus 501(c)(3), entonces está fuera del alcance de las leyes estatales y federales.
  2. Las iglesias están protegidas constitucionalmente: El segundo argumento presentado por IBT es que "tanto las Cláusulas de Ejercicio Libre como las de Establecimiento de la Primera Enmienda, así como los principios generales de libertad religiosa incorporados en la Primera Enmienda", lo protegen de tener que pagar impuestos.

  1. Pagar impuestos obliga a la iglesia a violar sus creencias religiosas sinceramente sostenidas: El tercer argumento fue que "las leyes federales de impuestos sobre el empleo, tal como se aplican a ella, violan la Cláusula de Ejercicio Libre de la Primera Enmienda al requerir que la iglesia actúe de una manera inconsistente con sus creencias" porque requeriría que reconociera la soberanía del gobierno federal sobre la iglesia.

El Tribunal Rechazó los Argumentos de IBT

Al considerar los tres argumentos presentados por IBT, el tribunal dictaminó:

  1. Rechazó el primer argumento de IBT: Al rechazar el primer argumento de IBT de que no es una entidad reconocida por el estado, el tribunal dictaminó que no importa qué tipo de entidad afirme ser IBT. Sea lo que sea, debe cumplir con las leyes federales de impuestos sobre el empleo.
  2. Rechazó el segundo argumento de IBT: Al rechazar el segundo argumento de IBT, el tribunal dictaminó que las leyes fiscales impuestas son de aplicación general y que cualquier carga que puedan imponer a las prácticas religiosas no infringe la Cláusula de Ejercicio Libre.
  3. Rechazó el tercer argumento de IBT: Al rechazar el tercer argumento de IBT de que pagar impuestos la obligaría a actuar de manera inconsistente con sus creencias, el tribunal dictaminó que la Primera Enmienda proporciona una protección considerable, aunque no absoluta, para la capacidad de practicar la religión. Sin embargo, la tributación tiene un propósito secular y tiene un efecto primario que no promueve ni inhibe la religión, y que el argumento de IBT debe ser rechazado.

¿Qué sucedió con el Templo Bautista de Indianápolis?

Después de que el tribunal fallara en contra de IBT, se negaron a cumplir con los impuestos. La jueza de distrito de EE. UU. Sarah Evans Barker ordenó a los miembros desocupar la propiedad de la iglesia en el sur de Indianápolis, y los alguaciles federales tomaron posesión de la propiedad el 13 de febrero de 2001.

¿Por qué Algunos Continúan Enseñando el Movimiento de Iglesias Libres?

Con bastante frecuencia, recibimos llamadas de pastores y líderes que preguntan si una iglesia puede ser exenta de impuestos según la Sección 508(c)(1)(A). La mejor y más breve respuesta se puede encontrar en el caso de Branch Ministries vs. Rossotti. La iglesia argumentó que no estaban exentos según la Sección 501(c)(3), sino que estaban exentos según la Sección 508(c)(1)(A) y, por lo tanto, no podían perder su estatus de exención de impuestos.

El tribunal declaró que encontraron su "argumento más creativo que persuasivo". El tribunal continuó diciendo que la Sección 508(c)(1)(A) no otorga ningún estatus especial de exención de impuestos. Simplemente significa que una iglesia no tiene que solicitar el estatus oficial 501(c)(3), pero aún debe cumplir con todos los requisitos de la Sección 501(c)(3) para ser exenta de impuestos. A continuación, se presentan varios casos judiciales que explican mejor cómo funciona la exención de impuestos para las iglesias.

La Exención de Impuestos es por Gracia Legislativa

En el caso Iglesia del Pueblo Elegido contra Estados Unidos, el tribunal discutió el derecho de una iglesia a la exención de impuestos bajo la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas. Enfatizó que aunque una iglesia no necesite presentar una solicitud para el estatus 501(c)(3) para estar exenta de impuestos, la carga recae en la iglesia de demostrar que califica para la exención.

Este caso destaca la idea de que las exenciones de impuestos son una cuestión de gracia legislativa, y el estatus exento debe ser respaldado por la organización que lo solicita. En el caso Colgate v. Harvey, el tribunal dictaminó que la exención de impuestos no es un derecho, sino que se permite solo como una cuestión de gracia legislativa. La exención de impuestos existe solo porque el Congreso aprobó la Sección 501(c)(3).

¿Qué Pasa si mi Iglesia No Tiene el Estatus 501(c)(3)?

En Branch Ministries v. Rossotti, el tribunal señaló que el Código de Rentas Internas trata a las iglesias de manera diferente a otras organizaciones exentas de impuestos. Aunque las iglesias no están obligadas a presentar una solicitud para el estatus 501(c)(3) para estar exentas de impuestos, pueden reclamar el estatus de exención de impuestos bajo la Sección 508(c). Sin embargo, si un donante es auditado, él tiene la carga de demostrar que la iglesia cumple con los requisitos de una organización de la Sección 501(c)(3).

En Taylor v. Commissioner, el IRS denegó las deducciones fiscales de un individuo porque la iglesia a la que donó no tenía el estatus 501(c)(3). El contribuyente argumentó que la Sección 508(c)(1)(A) exime a las iglesias de los requisitos de la Sección 501(c)(3). Sin embargo, el tribunal no estuvo de acuerdo, indicando que para que un donante obtenga una deducción fiscal por dar a una iglesia, la organización debe cumplir con los requisitos de la Sección 501(c)(3). Este caso confirma aún más que aunque las iglesias están automáticamente exentas bajo la Sección 508(c)(1)(A), aún deben cumplir con los requisitos sustantivos de la Sección 501(c)(3) para que sus donantes reciban deducciones fiscales.

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