¿Los Ministros Tienen Que Pagar Impuestos Estimados?

By Raul Rivera

Al considerar el espectro completo de los impuestos de los ministros, los matices pueden ser alucinantes. Por ejemplo, ¿sabía usted que los ministros están exentos de retención de impuestos si declaran sus ingresos como empleados o autónomos?

El solo hecho de que los ministros estén exentos de retención de impuestos a la renta es a menudo fuente de mucha confusión en torno a los impuestos de los ministros.

Algunos ministros interpretan esto como que no tienen que pagar ningún impuesto sobre la renta. Pero ese no es el caso.

En realidad, el hecho de que los ministros estén exentos de retenciones impositivas significa que los ministros pagan sus impuestos en cuotas trimestrales estimadas. Sin embargo, también existe confusión sobre si los pagos trimestrales estimados son opcionales o no.

Entonces, ¿los ministros realmente tienen que pagar impuestos estimados?

Esta pregunta será el enfoque del blog de hoy.

Si alguna vez tuvo un trabajo no ministerial, entonces sabe que cada vez que le pagan, retienen sus impuestos, y cada enero recibe su Formulario W-2.

Cuando los ministros pasan a ser empleados de su iglesia, la tendencia es suponer que su pago y la retención de impuestos deben manejarse de manera similar.

En realidad, el pago y la retención de impuestos para los ministros no deben tratarse como los empleados no ministeriales.

En parte, esto se debe al hecho de que los ministros tienen lo que se conoce como estado de doble impuesto.

Esto significa que los pastores son empleados a los efectos del impuesto federal sobre la renta y, al mismo tiempo, se consideran trabajadores por cuenta propia a los fines del impuesto de la Seguridad Social.

Como resultado, los pastores son responsables de retener y hacer pagos trimestrales de impuestos estimados a menos que hayan celebrado un acuerdo voluntario de retención con la iglesia.

La Guía de Impuestos del IRS para Iglesias y Organizaciones Religiosas (Publicación 1828) establece lo siguiente:

"A diferencia de otras organizaciones o negocios exentos, una iglesia no está obligada a retener impuestos de la compensación que paga a sus ministros debidamente ordenados, comisionados o con licencia para prestar servicios en el ejercicio de su ministerio. Sin embargo, un ministro de empleados puede celebrar un acuerdo de retención voluntaria con la iglesia al completar el Formulario W-4 del IRS, Certificado de Indemnización por Retención del Empleado ".

La conclusión es que si usted, como ministro, no ha hecho un acuerdo voluntario de retención con su iglesia, entonces debe hacer pagos trimestrales de impuestos estimados.

Si necesita ayuda para determinar cuánto serán sus pagos de impuestos estimados trimestrales, tenemos un recurso para usted. Haga click en el siguiente enlace para acceder a la Calculadora de retención de nuestro ministro

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Cómo hacer sus estimados pagos de impuestos trimestrales

Si decide no hacer un acuerdo voluntario de retención, el IRS le brinda varias maneras de realizar sus pagos de impuestos estimados trimestrales.

Pague en linea - El IRS ofrece varias opciones de pago electrónico a través de www.irs.gov/payments. Considere el siguiente las diferentes opciones de pago en línea: 

IRS  Direct Pay (Pago Directo) - Esta opción es para transferencias en línea directamente desde su cuenta de cheques o de ahorros. No hay tarifa para usar esta opción.

Pague con su tarjeta - Use esta opción para pagar con tarjeta de débito o crédito. Una tarifa de conveniencia es cobrada por el servicio proveido por esta opción.

Retiro de Fondos Electrónicos - Esta es una opción integrada de e-file / e-pay que se ofrece al presentar sus impuestos federales de forma electrónica mediante el software de preparación de impuestos, a través de un profesional de impuestos o el IRS.

Acuerdo de pago en linia - Si no puede pagar por completo antes de la fecha de vencimiento de su declaración de impuestos, puede solicitar un acuerdo mensual en línea. Una vez que complete el proceso en línea, recibirá una notificación inmediata de si su acuerdo ha sido aprobado o no. Se cobra una tarifa de usuario.

IRS2Go - Esta es una aplicación móvil del IRS. Al descargar la aplicación a su dispositivo móvil, puede acceder a Direct Pay o Pay By Card. (Pago Directo o Pagar con Tarjeta)

Pagar por Teléfono - Pagar por teléfono es otra opción que puede usar para pagar sus impuestos estimados trimestrales.

Puede llamar a uno de los tres proveedores de servicios del IRS, pero tenga en cuenta que cada proveedor de servicios cobra una tarifa.

WorldPay US, Inc - Puede comunicarse con ellos al 1-844-729-8298 o en la web en www.payUSAtax.com

Pagos oficiales: puede comunicarse con ellos al 1-888-872-9829 o en la web en www.officialpayments.com

Link2Gov Corporation - Puede comunicarse con ellos al 1-888-729-1040 o en la web en www.PAY1040.com

Sistema electrónico de pago de impuestos federales® (EFTPS)

Para usar EFTPA, debe inscribirse en línea o debe recibir un formulario de inscripción por correo. Para realizar un pago usando EFTPS, llame al 1-800-555-4477 (inglés) o al 1-800-244-4829 (español). Puede obtener más información sobre EFPTS en www.eftps.gov.

Utilice el comprobante de pago de impuesto estimado

Puede enviar sus impuestos estimados trimestrales utilizando los comprobantes de pago de impuestos estimados del Formulario 1040-ES. Tenga en cuenta que hay un comprobante de pago de impuestos estimado por separado para cada fecha de vencimiento.

El Formulario 1040-ES proporciona una hoja de cálculo de impuestos estimados para ayudarlo a determinar sus pagos de impuestos estimados trimestrales.

Sin embargo, la Calculadora de Retención de nuestro Ministro hace el trabajo por usted, por lo que es mucho más fácil saber cuánto serán los pagos de impuestos estimados trimestrales.

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3 cosas que debe saber sobre retención voluntaria

Quizás, como pastor, usted es el tipo de persona que preferiría no preocuparse por retener sus propios impuestos.

Como se mencionó anteriormente, puede celebrar un acuerdo voluntario de retención con su iglesia que le permita a la iglesia retener sus impuestos.

Si está interesado en establecer un acuerdo de retención voluntaria, a continuación hay tres cosas que debe saber.

1. Cómo iniciar la retención voluntaria

Como ministro, puede optar por hacer un acuerdo voluntario de retención con su iglesia simplemente completando el Formulario W-4. Presentar este formulario con su iglesia se considera una solicitud de retención voluntaria.

2. La duración de un acuerdo de retención voluntario

Es importante señalar que usted o su iglesia pueden rescindir el acuerdo de retención voluntaria en cualquier momento. Además, usted, como ministro, puede determinar que el acuerdo de retención voluntaria finalice en una fecha específica.

Como empleador, es importante que las iglesias tomen nota de que un acuerdo voluntario de retención con el / los pastor (es) afectará la presentación del Formulario 941 trimestral de la iglesia.

3. Qué hacer con los impuestos por cuenta propia

Para fines de la Seguridad Social, los ministros siempre se consideran trabajadores por cuenta propia.

Esto significa que a menos que haya "excluido" los impuestos del trabajo por cuenta propia, usted es responsable de retener y pagar el impuesto total del 15.3% del trabajo por cuenta propia.

Cuando un ministro entra en un acuerdo de retención voluntaria con la iglesia, la iglesia solo está obligada a retener el impuesto federal a la renta del ministro. En este caso, el ministro aún estaría obligado a retener y pagar su propio impuesto al trabajo por cuenta propia.

Sin embargo, los ministros que tienen un acuerdo de retención voluntaria pueden indicar en la línea 6 del Formulario W-4 una cantidad adicional de ingresos retenidos que sería una cantidad suficiente para pagar su responsabilidad estimada de trabajo por cuenta propia.

La iglesia informaría esta cantidad como un impuesto adicional a la renta retenido en su Formulario trimestral 941, y el ministro informaría el exceso de ingresos retenidos en la línea 64 de su Formulario 1040. Este el monto se aplicaría a todos los impuestos informados en el Formulario 1040, incluido el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.

¿Aún tiene preguntas?

Si después de leer esto todavía tiene preguntas, está bien. El navegar la compensación y los impuestos de los ministros pueden tardar un tiempo en acostumbrarse.

Es por eso que tenemos herramientas y servicios, como la Calculadora de retención y el Servicio de impuestos del Ministro.

Haga click en el siguiente enlace para descubrir cómo podemos ayudarle en su viaje, o simplemente llámenos al (678) 830-2600.

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