Los 5 Desafíos que enfrentan las Iglesias

By Raul Rivera

El panorama para las iglesias y ministerios está lleno de obstáculos. A lo largo de los últimos veinte años, el Congreso y el Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS) se ha interesado mucho en las actividades de las iglesias, ministerios, y organizaciones sin fines de lucro.

Esto ha llevado a la promulgación de la sección 4958, y a la creación del Proyecto de Cumplimiento con la Remuneración Ejecutiva de las Organizaciones Exentas, lo que ha resultado en mayor presencia de aplicaciones de la ley y millones de dólares en multas.

Aquellos quienes no perciben cómo ha ido cambiando este panorama pueden encontrarse inundados en problemas con sus impuestos. De tal manera, también pierden los cientos de realmente excelentes beneficios y exenciones disponibles.
Dicho eso, echemos un vistazo al camino que las iglesias y ministerios están enfrentando. Trataré cinco desafíos a los que muchas iglesias se enfrentan hoy. También trataremos estos temas en nuestras conferencias
Si bien siempre estoy convencido de que el Señor liderará Su iglesia victoriosamente, una de las maneras en que hace esto es haciendo sonar la alarma para que Su iglesia no sea tomada por sorpresa.

5 Desafíos con los hay que ser conscientes

1. Tenga cuidado con sus actividades

Las actividades cotidianas de las iglesias y los ministerios necesitan estar equilibradas con el reglamento de taxes sobre los impuestos 1.501. El reglamento establece que si una organización participa considerablemente de una actividad que no esté exenta de impuestos, la organización puede perder su condición de exención de impuestos.
Además, la Corte Suprema de EE.UU. dictaminó, “Un solo objetivo que no esté exento, si es de carácter importante, excluiría a una organización de cumplir los requisitos bajo la sección 501(c)(3) del Código”.
Esto lleva a replantearse algunas de las actividades en las que participan las iglesias, que podrían excluir a las mismas de la condición de exención de impuestos en el caso de ser auditadas. Tales actividades pueden incluir (pero no se limitan a):
  • Alquilar las instalaciones al público local
  • Organizar demasiadas ventas de pasteles
  • Operar una cafetería o librería durante eventos que no tengan relación con la iglesia o ministerio

No se trata de que una iglesia no pueda participar en ninguna de estas actividades, sino de que estas actividades, si NO se llevan a cabo correctamente, pueden ser clasificadas como actividades que no están relacionadas con el fin caritativo de la iglesia y posiblemente pueden ser dictaminadas como considerables por el Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS).  Si esto ocurre, su ministerio puede perder su condición de exención de impuestos.

2. Se le permite al Servicio de Recaudación de Impuestos darle malos consejos y no ser responsable de ello

En una sentencia judicial del 2011 (David Michael Maser vs. Comisionado), la corte dictaminó que si un empleado del Servicio de Recaudación de Impuestos le da malos consejos, el Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS) no es vinculante.
¿Puede usted imaginarse lo que eso significa para su iglesia?
Muchos empleados del Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS) no están lo suficientemente entrenados para contestar asuntos sencillos, mucho menos con las complejidades de la iglesia y el ministerio.
Por lo tanto, si tiene una pregunta no llame al Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS). Busque un asesoramiento de un abogado o contador público.

3. Cunas en la guardería de la iglesia

Informarse acerca de este tema resulta crucial. Si alguna vez necesita un cuna de bebé para la guardería de la iglesia, pedirle a un padre que done la cuna que su hijo ya no necesita no va a funcionar más. Usted va a tener que tirar todas esas cunas donadas y reemplazarlas con cunas que cumplan con el Código 1219.2. Al momento de comprar una cuna nueva, asegúrese de que cumpla los requisitos. Aquí hay una lista de los reglamentosSi su compañía de seguros no se lo ha solicitado aún, probablemente lo harán pronto.
Entonces, ¿qué hace una iglesia con las cunas que no cumplen los requisitos? Tal vez suene completamente contrario a su misión de ayudar a los pobres, pero puede haber responsabilidad si usted dona las cunas a una familia necesitada. Tenga en cuenta que al donar dicha cuna, usted asume un gran riesgo de responsabilidad si el niño se lastima en la cuna, o peor aún, si sufre un accidente fatal. ¿Adivine quién golpeará a su puerta?

4. Caso de la Corte Suprema cambia potencialmente la definición de un ministro

Esto es en realidad algo bueno. El 11 de enero de 2012, por primera vez, la Corte Suprema emitió un dictamen que afecta la definición de un ministro y brinda orientación acerca de qué medidas puede tomar una iglesia para ordenar sus propios ministros.
Que una iglesia asigne el título de ministro no es suficiente. En este caso, la iglesia revisó hechos y circunstancias y sostuvo que el individuo en cuestión fue ordenado por una iglesia aunque la mayoría de sus funciones eran de oficina y de educación, y no sacerdotales.
Son demasiados los detalles como para detallar aquí.  Enseñamos esto en todas nuestras conferencias. Si nunca ha asistido a una, le garantizo que recibirá información fortalecedora que es oportuna para la iglesia hoy en día.

5. Cambios a las retenciones y depósitos de impuestos

Si su iglesia cuenta con empleados, todos los impuestos que usted retiene deben ahora ser pagados al Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS) en forma electrónica, utilizando el Sistema Electrónico de Pago de Impuestos Federales (EFTPS.gov). Cuando usted paga sus impuestos en forma electrónica recibirá un número que puede utilizarse como recibo o para rastrear el pago. Asegúrese de no perderlo.
La gran mayoría de las iglesias deben pagar sus impuestos de nómina de forma mensual, por lo general antes del día 15 de cada mes. Las fechas para pagar los impuestos de nómina son muy estrictas y pueden fácilmente llevar a sanciones, según se muestra a continuación.
  • 2% - Depósitos realizados con un retraso de 1 a 5 días.
  • 5% - Depósitos realizados con un retraso de 6 a 15 días.
  • 10% - Depósitos realizados con un retraso de 16 días o más.
  • Con más de 10 días de retraso posterior a la primera factura del Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS): 15%

Haga sonar la alarma

Entonces, ¿qué hace usted con este tipo de información? Lo que yo he descubierto es que aunque lo anuncio con un nivel de volumen de 10, muchos líderes lo escuchan con un nivel de volumen de 1.
Desafortunadamente, muchas iglesias tienen problemas de cumplimiento, y con el aumento del escrutinio de las iglesias y la presencia de ejecución del Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS) los años por venir pueden resultar más desafiantes para que las iglesias comiencen bien. (PlanteFIRME) y continuen bien. 

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