La manera correcta de contratar a alguien en su iglesia - Segunda parte

By Raul Rivera

*Esta es la continuación a nuestro artículo anterior. Usted lo puede leer aquí.

Informes requeridos después de una contratación

Una vez que la persona haya sido contratada, hay mucha documentación y requerimientos de información que deben realizarse cuidadosamente. Es sumamente importante nunca cometer un error. La liquidación de sueldos y las declaraciones de impuestos a tiempo pueden causarle o evitarle a su iglesia muchos problemas. A continuación se encuentran 8 cosas que, cuando están hechas de la manera correcta, bendicen a su iglesia y la mantienen alejada de los problemas de impuestos.  
  1. Establezca el subsidio de vivienda: Cuando está implementado de la manera correcta, el subsidio de vivienda es la mejor estrategia para ahorrar en impuestos. La mayoría de las iglesias lo implementa de manera tal que se pierden uno de los más grandes beneficios del subsidio de vivienda. Este es un tema demasiado extenso para cubrirlo en este artículo. Lo cubrimos en detalle en nuestras Conferencias de Estructura Primordial para Iglesias. Le garantizo que descubrirá una mejor forma de implementar el subsidio de vivienda si se toma el tiempo para asistir a una de nuestras conferencias de capacitación.
  2. Considere la exención de impuestos por trabajo por cuenta propia: Como el subsidio de vivienda, este es un tema que lleva tiempo tratar en su totalidad. Cada año, mantengo cientos de conversaciones con ministros acerca de este asunto y el tema más común con el que me encuentro es el de los malos consejos. Muy a menudo, los ministros reciben malos consejos en relación a este tema, cuando se les dice que no soliciten la exención. Al contrario, aprovechar esta exención, cuando se combina con la subvención de vivienda, crea los ahorros en impuestos y el retiro más poderosos en Estados Unidos.
  3. No retenga impuestos federales, de seguro de salud (Medicare) o de seguro social de los ministros: Las ganancias de un ministro no están sujetas a las retenciones de impuestos federal, de seguro social o de seguro de salud (Medicare) (publicación 15-A). Muchas iglesias retienen impuestos de seguro de salud y de seguro social de sus ministros. Al hacerlo, la iglesia le paga el 50% de esos impuestos y esto causa una transacción de beneficio en exceso según lo define el apartado 4958. Esto podría tener como resultado penas severas.
  4. Retenga impuestos federales, de seguro de salud (Medicare), y de seguro social de todo el personal no ministerial: a menos que la iglesia presente el formulario 8274 oportunamente, la ley requiere que retenga impuestos federales, de seguro de salud (Medicare) y de seguro social de todos los empleados de la iglesia que no son ministros.
  5. Deposite los impuestos retenidos: Dependiendo de la cantidad de dinero que su iglesia retenga en impuestos, la ley federal requiere que todos los impuestos retenidos sean enviados electrónicamente al Servicio de Impuestos Interno (IRS) de manera diaria, bisemanal, mensual o trimestral. El Servicio de Impuestos Interno requiere que los impuestos sean enviados electrónicamente. La manera más fácil para hacerlo es mediante un sitio web gratuito para pagos provisto por el Departamento de Tesorería. Se encuentra en www.eftps.gov. Aún si no tiene impuestos sobre la nómina para informar, debería anotarse creando una cuenta con el número de identificación fiscal de su iglesia. Asegúrese de depositar a tiempo ya que las penas por presentación fuera de término son severas.
  6. Presente un formulario 941 trimestralmente: Cada trimestre, se le requerirá presentar el formulario 941 para ciertas fechas, detalladas a continuación: abril 30, julio 31, oct. 31, y enero 31. El formulario debe reflejar la suma total de salarios sujetos a impuestos federales, de seguro de salud (Medicare), y de seguro social, y cuál fue la retención en impuestos enviada al Servicio de Impuestos Interno (IRS)
  7. Presentar el formulario 940: Si es usted un ministerio que todavía no adquirió su 501 (c) (3), debe usted presentar un formulario 940 anual. La Ley Federal del Impuesto de Desempleo lo requiere. Las iglesias están exentas de tener que presentar este formulario.
  8. Presentar los formularios anuales W-2/W-3: Para el 31 de enero cada año, la iglesia debe mandar el formulario W-2 a todos sus empleados. Necesitan esto a fin de presentar sus declaraciones de impuestos. Para fin de febrero, una copia de los formularios rojos W-2 y W-3 debe ser enviada a la administración de seguro social en Wilkes-Barre, Pensilvania.

Conclusión

Imagine una iglesia con una infraestructura interna sólida que le permita estar en buenos términos con las leyes del país. La mayoría de los pastores y fundadores de iglesias no sienten que esa podría ser su iglesia. Tengo una visión de ver miles de iglesias en buenos términos con las leyes del país. Es fundamental para el discipulado de las almas y el crecimiento de la iglesia. ¿Cómo podemos enseñarles a los otros a obedecer las leyes del país cuando nosotros (fundadores de iglesias y líderes) no nos tomamos el tiempo para conocer esas leyes para que nosotros, también, las obedezcamos? Aquí en StartCHURCH estamos para servirle. Si tiene preguntas acerca de una situación especial en su iglesia, nuestros especialistas en legalidad de iglesias bilingües están a su disposición. Llame hoy mismo a nuestra oficina al (844) 687 1575 o envíe un mensaje a consultas@startchurch.com.

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