¿Deben las Denominaciones Recién Iniciadas Esperar para Obtener el Estatus 501(c)(3)?

By Raul Rivera

Una visión que aboga principalmente por la dependencia del artículo 508(c) del IRC para lograr el estatus de exención de impuestos para las iglesias en relación con el impuesto federal sobre la renta mientras esperan que la sede obtenga el estatus de grupo puede dejar a muchas iglesias en un aprieto mientras esperan. Si bien reconocemos que este enfoque tiene cierta validez, es importante reconocer que las implicaciones más amplias se extienden más allá de las consideraciones del impuesto federal sobre la renta para la iglesia.

En primer lugar, muchos estados exigen que las iglesias posean el estatus oficial 501(c)(3) o estén incluidas oficialmente en una exención grupal para ser elegibles para exenciones tales como:

  • Impuesto de venta,
  • Impuesto a la propiedad,
  • Impuesto de franquicia,
  • Reducciones de costos de envío.

En segundo lugar, no tener el estatus oficial 501(c)(3) impone al donante la carga de la prueba con respecto a la deducibilidad de las donaciones, como se subraya en el caso Branch Ministries v. Rossotti, 211 F.3d 137, 139 (D.C. Cir. 2000).

Ampliando este contexto legal, el Tribunal Fiscal ha brindado orientaciones claras al respecto. Declaró que si bien los donantes de iglesias que reclaman estatus de exención de impuestos según la Sección 508(c) tienen derecho a deducir sus contribuciones, deben estar preparados para comprobar el cumplimiento de la iglesia con las calificaciones de la Sección 501(c)(3) si son auditados. En concreto, el tribunal observó:

Una persona que contribuye a una iglesia que reclama el estatus de exención de impuestos de conformidad con la Sección 508(c) puede deducir esa contribución de sus ingresos, pero si el contribuyente es auditado, tiene la carga de establecer que la iglesia, de hecho,  cumple con los requisitos de la organización de la Sección 501(c)(3). En otras palabras, debido a que el IRS no ha determinado previamente que la iglesia haya cumplido con los criterios de la Sección 501(c)(3), no hay presunción de que la iglesia esté exenta de impuestos según la Sección 501(c)(3).

Para abordar estas preocupaciones y brindar mayor seguridad a los donantes, es prudente que las iglesias busquen activamente el estatus oficial 501(c)(3) lo antes posible.

También es importante reconocer la situación actual en el IRS, que, desde el 17/06/2020, ha detenido la aceptación de nuevas solicitudes de exenciones grupales. La pausa se atribuye a la anticipación de la publicación del procedimiento de ingresos. ¿El problema? No hay un cronograma claro sobre cuándo se publicará esta guía crucial, lo que deja a las organizaciones inseguras sobre el destino de las exenciones grupales. La pregunta sigue siendo: ¿reanudará el IRS el procesamiento de exenciones grupales? Desafortunadamente, la respuesta se desconoce, lo que añade una capa de complejidad al panorama para las organizaciones que esperan claridad sobre su estado de exención de impuestos.

Dada esta situación, es previsible que puedan pasar varios años más antes de que el IRS reanude la aceptación de nuevas solicitudes de exenciones grupales. Tampoco está claro si las iglesias encontrarán atractivas las exenciones grupales según las próximas regulaciones. A la luz de estas circunstancias, muchas iglesias en situaciones similares pueden considerar más práctico y prudente buscar el estatus oficial 501(c)(3). Y esto no impedirá que la iglesia se una a un grupo en el futuro si así lo desea.

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Este enfoque proactivo no sólo ofrece seguridad a los donantes con respecto a la deducibilidad de sus contribuciones, sino que también garantiza que la iglesia esté bien posicionada para cualquier futuro en las regulaciones tributarias.

En conclusión, creo que las iglesias deberían tomar todas las medidas disponibles para salvaguardar los intereses de sus donantes buscando el estatus 501(c)(3) desde el principio. Si bien las cartas y la documentación son indudablemente valiosas, es posible que no brinden a los donantes la seguridad que puede ofrecer el estatus oficial 501(c)(3).

Dé el primer paso hacia la seguridad, el cumplimiento y la tranquilidad. No espere: asegure el estatus 501(c)(3) de la iglesia. Su enfoque proactivo protege a los donantes y posiciona a su iglesia para un futuro resiliente en el panorama siempre cambiante de las regulaciones tributarias.

Explore el camino hacia el estatus 501(c)(3) y garantice la estabilidad de su iglesia. ¿Tiene preguntas o necesita ayuda? Estamos aquí para servirle. Llámenos al 678-830-2600 o haga clic en el enlace a continuación.

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