Cómo navegar nuevas leyes: lo que las organizaciones sin fines de lucro en California deben saber desde 2025
By Analiese Rivera
El año 2025 trajo una de las oleadas más significativas de actualizaciones legales y administrativas que las organizaciones sin fines de lucro en California han enfrentado en los últimos años. Desde nuevas regulaciones para equipos de seguridad hasta auditorías del DOJ y cambios en las leyes laborales, el estado continúa ajustando la forma en que los ministerios operan.
Estas actualizaciones pueden parecer complejas, pero comprenderlas le ayuda a mantenerse protegido, en cumplimiento y libre para enfocarse en lo que más importa, su llamado a liderar personas y edificar la Iglesia.
Nueva supervisión de los equipos de seguridad de la iglesia
El Proyecto de Ley del Senado 1454, que entró en vigor el 1 de enero de 2025, amplió el alcance del Bureau of Security and Investigative Services de California, conocido como BSIS, y eliminó ciertas exenciones que antes aplicaban a organizaciones religiosas con equipos de seguridad.
Las iglesias que emplean personal de seguridad uniformado y desarmado que interactúa con el público ahora pueden calificar como Empleadores de Seguridad Privada Propietaria, conocidos como PSE, y deben registrarse ante el BSIS. Los miembros de estos equipos también pueden necesitar obtener una licencia como Oficiales de Seguridad Privada Propietaria, conocida como PSO.
Estos cambios aplican cuando el personal de seguridad de una iglesia:
- Son empleados remunerados, no voluntarios
- Usan uniformes e interactúan con el público
- Son contratados directamente por la iglesia y no a través de una empresa de seguridad externa
Las iglesias que dependen únicamente de equipos de seguridad voluntarios aún pueden estar exentas, ya que la ley es reciente y los estándares de aplicación aún se están desarrollando. Si su iglesia utiliza seguridad armada, esas personas deben cumplir con los requisitos de Operador de Patrulla Privada, conocidos como PPO, y contar con permisos válidos para portar armas a través del BSIS.
Pasos a seguir:
- Revise la estructura actual de su equipo de seguridad y su compensación.
- Busque asesoría legal para confirmar si su iglesia califica como PSE o debe licenciar PSO.
- Prepárese para los requisitos de registros y capacitación bajo la supervisión del BSIS.
- Monitoree las actualizaciones del BSIS para aclaraciones conforme la ley evoluciona.
Auditorías del DOJ y cumplimiento de Live Scan
Bajo el Proyecto de Ley de la Asamblea 506, las iglesias y otras organizaciones que sirven a jóvenes deben completar verificaciones de antecedentes mediante Live Scan y cumplir con políticas estrictas de manejo de datos. El Departamento de Justicia de California, conocido como DOJ, ya ha comenzado auditorías a iglesias en todo el estado para asegurar el cumplimiento.
Los auditores están revisando:
- Autorizaciones firmadas: toda persona monitoreada mediante Live Scan debe contar con una autorización escrita y firmada que se renueve anualmente.
- Participantes activos únicamente: las iglesias solo pueden monitorear a las personas que actualmente estén sirviendo. Monitorear a exvoluntarios o exempleados es una violación.
- Prácticas seguras de datos: los registros de Live Scan deben almacenarse de forma segura y solo ser accesibles por personal autorizado.
Según Church Law Center, el incumplimiento puede resultar en sanciones que incluyen multas de hasta $10,000 por violación o cargos por delito menor.
Pasos a seguir:
- Confirme que todas las autorizaciones de Live Scan estén vigentes y se renueven anualmente.
- Elimine de las listas de monitoreo a los voluntarios y empleados inactivos.
- Revise las políticas de almacenamiento de datos para garantizar la privacidad y la seguridad.
- Regístrese ante el DOJ para obtener su ORI, Identificador de Agencia Originadora, si aún no lo ha hecho.\
Políticas sobre armas de fuego y campus de la iglesia
Las leyes sobre armas de fuego que afectan a las iglesias en California siguen cambiando. Aunque el Proyecto de Ley del Senado 2 intentó clasificar los lugares de culto como “lugares sensibles” donde se prohibirían las armas de fuego, incluso para personas con permiso de porte oculto, litigios en curso, como May v. Bonta, han bloqueado partes de la ley.
Esto significa que, a principios de 2025:
- El porte oculto puede estar permitido en iglesias de algunos condados, dependiendo de la aplicación local y de las decisiones judiciales.
- Las iglesias conservan el derecho, como propietarios privados, de prohibir el uso de armas de fuego mediante señalización clara y la comunicación de su política a los asistentes.
- Las iglesias que utilizan personal de seguridad armado deben cumplir con todos los requisitos de licencias del BSIS o PPO.
Pasos a seguir:
- Establezca y documente la política sobre armas de fuego de su iglesia.
- Coloque avisos visibles si no se permiten armas de fuego.
- Revise las leyes locales y manténgase informado conforme continúen las decisiones judiciales.
- Consulte con asesoría legal antes de realizar cambios en la política.
Actualizaciones en leyes laborales y de recursos humanos
En enero de 2025, California aumentó el salario mínimo requerido para que los empleados sean considerados exentos del pago de horas extra. La mayoría del personal ahora debe ganar al menos $68,640 al año para calificar. Aunque el límite federal es de $58,656, el estándar más alto de California es el que aplica.
Los ministros generalmente están exentos bajo reglas separadas, pero los empleados de la iglesia, como personal administrativo, de mantenimiento o de apoyo que ganan menos del umbral estatal, ahora deben ser tratados como no exentos y elegibles para horas extra.
Otras actualizaciones incluyen:
- El permiso por enfermedad pagado aumentó a un mínimo estatal de cinco días.
- Mayor claridad sobre la clasificación de los contratistas independientes, lo que limita aún más el uso de formularios 1099 para puestos regulares del personal de la iglesia.
- Se fortalecieron las reglas de retención de los registros de empleados y de los avisos obligatorios.
Pasos a seguir:
- Audite las descripciones de puestos y las escalas salariales.
- Reclasifique los puestos que ya no califican como exentos.
- Actualice los manuales de empleados y las políticas de recursos humanos para cumplir con los estándares de 2025.
Exenciones del impuesto a la propiedad y declaraciones anuales
Las iglesias en California siguen siendo elegibles para exenciones del impuesto a la propiedad bajo el programa de Exención para Iglesias del estado, administrado por los tasadores del condado y la Junta Estatal de Igualación, conocida como BOE.
Recordatorios clave:
- Presente el Formulario BOE-262-AH antes del 15 de febrero de cada año para solicitar una exención completa.
- Las presentaciones tardías pueden reducir la exención a solo entre el 85% y el 90%.
- Las propiedades alquiladas usadas exclusivamente para adoración aún pueden calificar, pero el propietario y el arrendatario deben presentar conjuntamente.
- Los estacionamientos usados de manera necesaria y razonable para los servicios de adoración pueden incluirse.
Pasos a seguir:
- Revise el uso de la propiedad cada año.
- Marque en su calendario la fecha límite del 15 de febrero.
- Coordine con el tasador de su condado si cambia el uso de la propiedad.
Liderar con confianza
Las leyes han cambiado, pero su misión sigue siendo la misma. Mantenerse en cumplimiento es más que completar requisitos; se trata de cómo protege a su gente, a su iglesia y la visión que Dios le ha dado.
Con sistemas claros, consejo sabio y aliados de confianza como StartCHURCH, usted puede navegar cada regulación con paz y seguir haciendo lo que más importa, edificar el Reino.
Si necesita actualizar sus estatutos con estas políticas sobre armas de fuego, seguridad, voluntarios juveniles o recursos humanos, llámenos al 678-830-2600.