5 Mitos Sobre Impuestos Ministeriales

By Valerie West

Pastor, ¿Sabía que tiene más control sobre el resultado de sus impuestos de lo que podría darse cuenta? Es cierto y podría ser la diferencia entre deber impuestos o recibir un reembolso. Prepárese para la próxima temporada de impuestos y comience el nuevo año de la manera correcta.

Al ingresar al nuevo año, asegurarse de estar en el camino correcto con sus impuestos es esencial. Muchos factores influyen en el resultado de sus impuestos, y el estatus tributario único de los ministros agrega una capa adicional de complejidad. Sorprendentemente, incluso algunos profesionales de impuestos pueden no comprender completamente las complejidades, lo que podría llevar a errores costosos.

Tome, por ejemplo, un escenario en el que un ministro se acercó a nuestro equipo para revisar su declaración de impuestos completada antes de enviarla al IRS. Descubrir y comprender estas sutilezas puede tener un impacto significativo en su resultado financiero. ¡Comience el nuevo año empoderado con conocimiento sobre sus impuestos ministeriales!

Con nuestra experiencia en impuestos ministeriales, nuestro equipo fiscal identificó un extra de $1,200 en su reembolso de impuestos a través de deducciones previamente pasadas por alto. Habría olvidado estos $1,200 adicionales, una ganancia financiera significativa, si no hubiera buscado nuestra ayuda para revisar su declaración de impuestos.

Basándonos en nuestra amplia experiencia ayudando a ministros con sus declaraciones de impuestos, hemos observado que los ministros que se encuentran debiendo impuestos a menudo reciben información inexacta de otros ministros o, en algunos casos, de profesionales de impuestos.

Con frecuencia, estas inexactitudes provienen de "mitos" comunes que circulan sobre los impuestos de los ministros. Profundicemos en cinco concepciones erróneas comunes sobre los impuestos de los ministros para darle información precisa, permitiéndole tomar decisiones informadas y prudentes para sus asuntos fiscales.

Mito 1: "Los Ministros NO tienen que pagar impuestos sobre la renta."

Los ministros están exentos de la retención del impuesto sobre la renta y de pagar impuestos sobre la renta. Hay una gran diferencia. Muchos ministros malinterpretan que sus salarios como ministros no están sujetos a la retención del impuesto sobre la renta.

Esto lleva a la falsa suposición de que no tienen que pagar impuestos sobre la renta. No es hasta que es demasiado tarde y costoso que se dan cuenta de la gravedad de su error.

Dado que los ministros tienen un doble estatus fiscal, son responsables de retener y pagar sus impuestos. Como ministro, puede pagar sus impuestos trimestralmente utilizando el Formulario 1040-ES, Impuesto Estimado para Individuos.

¿Sabía que si desea que su iglesia retenga y pague sus impuestos sobre la renta como a un empleado no ministerial, puede hacerlo pero debe firmar un acuerdo de retención voluntaria con la iglesia?

Mito 2: "Las ofrendas de amor NO son ingresos sujetos a impuestos."

La confusión en torno a las ofrendas de amor surge principalmente porque el término "ofrenda de amor" implica un regalo dado por amor y respeto hacia el destinatario. En la mente del donante, puede ser un regalo, ¡mientras que en la mente del IRS es compensación! Aquí radica el conflicto.

La Sección 102(a) del Código del IRS dice: "El ingreso bruto no incluye el valor de la propiedad adquirida por regalo, legado, disposición testamentaria o herencia". Mientras que los miembros de la iglesia están dando verdaderamente una ofrenda de amor como regalo, el IRS dice que es ingreso sujeto a impuestos porque la sección 102(c)(1) establece que "cualquier cantidad transferida por o para un empleador a, o para el beneficio de, un empleado" se tratará como ingreso bruto.

Aunque la ley dice claramente que un regalo es libre de impuestos, el hecho de que el regalo se dé a la iglesia y luego se dé al Pastor o líder lo hace 100% sujeto a impuestos debido a la sección 102(c)(1). La ley hace una excepción para un regalo que la iglesia da al Pastor si es menor de $25.00.

Mito 3: "Si no tengo las cifras exactas para mis deducciones, entonces puedo redondear hacia arriba o hacer la mejor estimación de buena fe."

Las deducciones no deben ser en números redondos. Incluir números redondos en una declaración indica al IRS que es probable que los esté inventando y puede aumentar las posibilidades de una auditoría. Haga lo posible por mantener los recibos organizados y fácilmente accesibles.

Mito 4: "Si debo impuestos y presento una prórroga, entonces no tendré que pagar los impuestos que debo hasta que venza la prórroga"

La verdad es que todo el dinero adeudado al IRS debe pagarse antes de la fecha límite anual de impuestos. La fecha límite de presentación para el año fiscal 2023 es el 18 de abril de 2024. Si debe impuestos y no cumple con la fecha límite del 18 de abril, se le penalizará por cada mes de retraso, incluso si ha presentado una prórroga.

En general, si presenta una prórroga de impuestos utilizando el Formulario 4868 y piensa que podría deber dinero en impuestos, es mejor pagar al IRS una cantidad estimada antes del 18 de abril que retrasarte y deber más debido a multas. Si llega a pagar en exceso, el IRS le reembolsará la cantidad que haya pagado de más.

Mito 5: "Cualquier contador público es un buen contador público para ministros."

Mientras hay muchos contadores públicos conocedores y bien intencionados, no todos están familiarizados con las diversas peculiaridades de los impuestos para ministros.

Un CPA que trabaje en los impuestos para ministros debe estar bien versado en el tema y estar familiarizado con la ley fiscal sin fines de lucro, ya que muchos de los beneficios fiscales otorgados a un ministro están directamente relacionados con la ordenación del ministro.

Por ejemplo, la Publicación 517 del IRS explica varias reglas sobre el estado fiscal de los ministros, y esta publicación define a un ministro como:

"[I]ndividuos debidamente ordenados, comisionados o licenciados por un cuerpo religioso que constituye una iglesia o denominación religiosa. Los ministros tienen la autoridad para llevar a cabo el culto religioso, realizar funciones sacerdotales y administrar ordenanzas o sacramentos de acuerdo con los principios y prácticas prescritos de esa iglesia o denominación". [énfasis añadido]

Con esta definición en mente, su CPA elegido debería tener un conocimiento práctico de la ley fiscal sin fines de lucro y cómo se relaciona específicamente con usted como ministro.

Un Año de Confianza Financiera

¿Alguna vez se ha preguntado si está maximizando cada beneficio fiscal disponible como ministro? Pastor, lo mejor sería utilizar un preparador de impuestos con experiencia en la presentación de declaraciones de impuestos para ministros.

Tenga la seguridad de que nuestro equipo está aquí para guiarle a través de esta temporada de impuestos de manera impecable. Asegúrese de estar bien informado y aproveche al máximo sus beneficios fiscales.

Descubra más sobre nuestro servicio de declaración de impuestos para ministros y comience su camino hacia un año de confianza financiera hoy mismo. Por favor, llámenos al 678-830-2600 o haga clic en el enlace a continuación para programar una llamada hoy mismo.

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