Revocado por un Formulario Perdido

By Raul Rivera

El personal administrativo del pastor Howell estaba en un periodo emocionante. Su iglesia había creado una guardería sin fines de lucro en 2014. La guardería atendía a 30 niños; estaba floreciendo y ganó $170,000 en ingresos ese año. El ingreso fue suficiente para proporcionar algunos aumentos y actualizar los materiales educativos.

Aunque la guardería estaba prosperando, el personal estaba en un estado nubloso en una tarde soleada en agosto. Habían recibido una carta del IRS explicando que la presentación del Formulario 990 de la guardería era debida y que se impondría una multa por la presentación tardía.

El pastor Howell y su personal ni siquiera sabían que se requería un formulario 990 para la guardería. Habían trabajado arduamente para presentar el Formulario 990 a fines de septiembre, pero cuando todo estuvo dicho y hecho, pagaron una fuerte tarifa de $2,120. . . una matrícula abrupta por la dura lección aprendida.

La importancia del formulario 990 para cada ministerio

Cada año, miles de organizaciones sin fines de lucro deben presentar el Formulario 990. El IRS utiliza este formulario para garantizar que las organizaciones exentas de impuestos cumplan con el código impositivo y las leyes sin fines de lucro a fin de seguir siendo una entidad exenta de impuestos.

El Formulario 990 requiere información financiera detallada de los ministerios y organizaciones sin fines de lucro. Entonces, ¿por qué el IRS está interesado en las finanzas de su ministerio?

Solicitar información financiera en el Formulario 990 le permite al IRS determinar si su ministerio está haciendo lo siguiente:

  • cumplir continuamente los requisitos de apoyo financiero,
  • operando para el beneficio privado de individuos dentro de su ministerio, y
  • quedando organizado con fines benéficos que le permite a su ministerio mantener su estado exento de impuestos.

Muchos pastores preguntan si se requiere que sus iglesias presenten declaraciones de impuestos del Formulario 990 y la respuesta a esa pregunta es: "No."

La Sección 6033 (a)(3)(A)(i) exime a las iglesias, sus auxiliares asociados y convenciones de iglesias de presentar el Formulario 990. Por lo tanto, aunque todas las demás organizaciones sin fines de lucro deben presentar un Formulario anual 990, las iglesias NO tienen que presentar el Formulario anual 990 con el IRS.

Si su iglesia ha presentado el Formulario 990 en el pasado, entonces podría haber algunas implicaciones negativas para su estado exento de impuestos como iglesia. Si esta es su situación, llámenos hoy mismo al (678) 830-2600 para que podamos brindarle alguna orientación sobre cómo corregirlo.

Pasos que su ministerio puede tomar para presentar su Formulario 990 a tiempo

No tiene que tomarse por sorpresa cuando se trata de presentar el Formulario 990 como la guardería basada en nuestra historia. Si presentar un Formulario 990 es nuevo para su organización, o si lo ha hecho durante años, existen algunos pasos fundamentales que puede implementar para garantizar la presentación oportuna del Formulario 990 de su organización.

Echemos un vistazo a los siguientes pasos:

Paso 1: Determine si su organización debe presentar el Formulario 990

Recuerde que las iglesias NO tienen que presentar declaraciones de impuestos del Formulario 990. Sin embargo, todas las demás organizaciones 501(c)(3) y prácticamente cualquier otra entidad exenta de impuestos (ya sea religiosa o no) deben presentarla.

Siempre se requiere que las fundaciones privadas presenten cierto Formulario 990 para fundaciones privadas sin importar cuánto reciban en donaciones.

Paso 2: Crea un recordatorio de calendario

Cree un recordatorio anual del calendario para notificar a su personal el vencimiento de la presentación del Formulario 990. Asegúrese de agregar esto al calendario comercial corporativo de su ministerio para asegurarse de que no se pase por alto en medio de otras actividades corporativas.

Nuestro programa SigaFIRME asegurará que su ministerio nunca pase por alto su formulario 990.

Paso 3: Determine de qué tipo de Formulario 990 es necesario presentar

Hay varias variaciones del formularios informativo anuales del Formulario 990. Se enumeran a continuación.

  • 990-N (la postal electrónica): A 990N es un aviso electrónico. Las organizaciones con ingresos brutos de normalmente son de $50,000 o menos presentarán este aviso electrónico.
  • Formulario 990-EZ: El formulario 990-EZ también se conoce como la forma abreviada. Las organizaciones con ingresos brutos de normalmente más de $50,000 pero menos de $200,000 y cuyos activos tienen un valor de menos de $500,000 deben presentar este formulario.
  • Formulario 990: El formulario 990 también se conoce como la forma larga. Las organizaciones cuyos ingresos brutos son en promedio de $200,000 o más, y cuyos activos tienen un valor de $500,000 o más, deben presentar el Formulario 990.
  • Formulario 990-PF: se requiere que todas las fundaciones privadas presenten el Formulario 990-PF.
  • Formulario 990-T: Todas las organizaciones sin fines de lucro, incluidas las iglesias, deben presentar un Formulario 990-T si tienen ingresos comerciales no relacionados (que son los ingresos derivados de la realización de una actividad no relacionada con su propósito exento de impuestos). Esto también se aplica a las iglesias que proporcionan seguro de salud a sus empleados y califican para el crédito tributario por cuidado de la salud de la pequeña empresa. La mayoría de las iglesias que ofrecen seguro de salud para sus empleados probablemente califiquen para este crédito fiscal y pueden recibir un reembolso de hasta el 50% de todas las primas de seguro de salud que paguen.

Paso 4: Presente su Formulario 990 antes de la fecha límite apropiada

Todas las organizaciones que deben presentar el Formulario 990 deben enviar la declaración antes del día 15 del quinto mes de su año fiscal. Por ejemplo, si el año fiscal de su ministerio finaliza el 31 de diciembre, debe presentar el Formulario 990 de su ministerio antes del 15 de mayo del año próximo. Si su año fiscal finaliza el 30 de junio, debe presentar el Formulario 990 antes del 15 de noviembre del mismo año.

No tiene que hacer esto solo. . . ¡podemos ayudar!

Las tareas administrativas de operar la organización sin fines de lucro de su ministerio pueden, a veces, sentirse estresantes. No tiene por qué ser así porque podemos ayudar.

Con la asistencia de nuestro personal altamente capacitado y CPA, podemos ayudarle a asegurar que esté presentando el Formulario 990 correcto para su ministerio de manera oportuna. Nuestro Servicio de Formulario 990 puede ayudarle a cumplir con los requisitos anuales de presentación del Formulario 990 de su ministerio.

Para obtener más información, llame a nuestra oficina al (678) 830-2600


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