¡No se pierda este formulario otra vez!

By Raul Rivera

Cada año, miles de organizaciones sin fines de lucro, incluidos los ministerios, deben presentar una declaración anual de información al IRS a través del Formulario 990.

El IRS utiliza este formulario para ayudar a garantizar que las organizaciones exentas de impuestos cumplan continuamente con la ley tributaria a fin de permanecer exentas de impuestos.

El Formulario 990 requiere específicamente información financiera de su ministerio para ayudar al IRS a determinar si usted está cumpliendo continuamente con sus requisitos de apoyo financiero, no operando para beneficios privados de individuos dentro del ministerio y permaneciendo organizado con fines benéficos que le permiten a su ministerio mantener su estado exento impuestos.

Dicho esto, no presentar el Formulario 990 puede dar lugar a fuertes sanciones y consecuencias desfavorables.

Por ejemplo, si su ministerio no presenta su Formulario 990 por tres años consecutivos, el resultado será la pérdida del estado exento de impuestos de su ministerio.

Dado que las repercusiones de no presentar el Formulario 990 de su ministerio pueden ser tan graves. Quiero brindarle algunos consejos sobre cómo puede asegurarse de que su ministerio nunca pierda otra presentación del Formulario 990.

Pero primero, quiero despejar el aire con respecto a las iglesias y el requisito de presentación del Formulario 990.

¿Se requiere que las iglesias presenten el Formulario 990?

En nuestras conferencias, los pastores a menudo preguntan si se supone que sus iglesias deben presentar una declaración de impuestos por medio del Formulario 990.

La respuesta corta es NO.

La Sección 6033(a)(3)(A)(i) exime a las iglesias, sus auxiliares integrados y las convenciones de iglesias de presentar el Formulario 990.

La Fundación de Libertad a la Religión entabló una demanda alegando que el código impositivo otorgaba a las iglesias un trato preferencial, constituyendo así "discriminación basada en la religión en violación de la Cláusula de Establecimiento".

Sin embargo, debido a un fallo anterior de la Corte Suprema, el caso fue anulado.

Por ahora, mientras que todas las demás organizaciones sin fines de lucro deben presentar un Formulario 990 anualmente, las iglesias NO tienen que presentar un Formulario anual 990 ante el IRS.

4 Pasos que puede seguir para presentar el Formulario 990 de su ministerio a tiempo

No tiene que ser tomado por sorpresa cuando se trata de presentar el Formulario 990. Si presentar el Formulario 990 es nuevo para su ministerio, o si lo ha hecho durante años, existen algunos pasos que puede implementar para garantizar un presentación del Formulario 990 de su ministerio.

Echemos un vistazo a los pasos a continuación.

Paso 1: determine si su organización debe presentar el Formulario 990

Recuerde, las iglesias NO tienen que presentar 990 declaraciones de impuestos.

Sin embargo, todas las otras organizaciones 501(c)(3) y otras entidades exentas de impuestos deben presentar si son religiosas o no.

Siempre se requiere que las fundaciones privadas presenten un Formulario 990 específicamente para fundaciones privadas sin importar cuánto reciban en donaciones.

Paso 2: crea un recordatorio en el calendario

Cree un recordatorio anual en el calendario para notificar a su personal de el vencimiento de la presentación del Formulario 990.

Asegúrese de agregar esto al calendario corporativo de su organización para asegurarse de que no se pase por alto en medio de otras actividades corporativas.

Si usted es una iglesia y opera un ministerio que es su propia entidad (es decir, una corporación de desarrollo comunitario), entonces también le servirá agregar un recordatorio al calendario corporativo de su iglesia.

Paso 3: Determine de qué tipo de Formulario 990 es responsable de presentar

Hay varias variaciones del retorno informativo anual del Formulario 990. Se enumeran a continuación.

  •  990-N (la postal electrónica): A 990-N es un aviso electrónico. Las organizaciones con ingresos brutos de normalmente $ 50,000 o menos presentarán este aviso electrónico.
  • Formulario 990-EZ: El formulario 990-EZ también se conoce como la forma abreviada. Las organizaciones con ingresos brutos de normalmente más de $50,000 pero menos de $200,000 y cuyos activos tienen un valor de menos de $500,000 deben presentar este formulario.
  • Formulario 990: El formulario 990 también se conoce como la forma larga. Las organizaciones cuyos ingresos brutos son en promedio de $200,000 o más, o cuyos activos tienen un valor de $500,000 o más, deben presentar el Formulario 990.
  • Formulario 990-PF: se requiere que todas las fundaciones privadas presenten el Formulario 990-PF.
  • Formulario 990-T: Todas las organizaciones sin fines de lucro, incluyendo las iglesias, deben presentar un 990-T si tienen ingresos comerciales no relacionados (UBI). UBI es el ingreso generado por la realización de una actividad no relacionada con el propósito exento de impuestos de la organización.

Paso 4: Presente su Formulario 990 antes de la fecha límite apropiada

Se requiere que todos los presentadores de 990 envíen sus declaraciones antes del día 15 del quinto mes de su año fiscal. Por ejemplo, si su año fiscal coincide con el año calendario que finaliza el 31 de diciembre, debe presentar el Formulario 990 antes del 15 de mayo del año siguiente.

Sin embargo, si su año fiscal termina el 30 de junio, entonces debe presentar el Formulario 990 antes del 15 de noviembre del mismo año.

No se pierda otra declaración de Formulario 990

Las tareas administrativas de administrar y operar la organización sin fines de lucro de su ministerio pueden, a veces, sentirse abrumadoras. Sin embargo, no tiene por qué ser así.

Con la asistencia de nuestro personal altamente capacitado, podemos ayudarle a asegurar que esté presentando el Formulario 990 correcto para su organización de manera oportuna.

Para obtener más información, llame a nuestra oficina hoy mismo al (844) 687-1575. ¡Nos sentimos honrados de ayudarlo!


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